Boletines/Pilar
Decreto Nº 207/18
Pilar, 12/01/2018
Corresponde al Expediente 601/16 - 7384/2014
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, por el cual el Sra. GIL MARIA CAROLINA, DNI N° 26.443.237, en su carácter de apoderada, tramita el “Uso Conforme de Suelo” del local de Arcos Dorados Argentina S.A., “Mc Donalds”, ubicado en la Colectora Av. 12 de Octubre y Julio A. Roca , Partido Del Pilar, y
El informe a fs. 300 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo.”
Considerando
Que del total de los 7 vecinos consultados, 4 han dado su conformidad, 1 no la ha dado, y 2 no han sido localizados para realizar la consulta pertinente, cuya firma se verifica de fs. 290 a 298 del expte. de referencia.
Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimiento de este tipo.
Que en función del Decreto N° 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza Nro. 513/2017.
El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 513/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: 1- Sección: B, Manzana: 99, Parcela: 3a, Partida: 15911, el “Uso Conforme de Suelo”, del local de Arcos Dorados Argentina S.A. “Mc Donalds, ubicado en la Colectora Av. 12 de Octubre y Julio A. Roca, Partido Del Pilar.
ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho período y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.
ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del em prendimiento.
ARTÍCULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducará automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.
ARTÍCULO 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifiquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.