Boletines/Pilar
Decreto Nº 204/18
Pilar, 12/01/2018
Corresponde al Expediente 600/16 - 11077/2016
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, por el cual el Sr. DIEGO MARIO LOURIDO, DNI N° 25.855.655, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para el sector destinado a “Juegos Infantiles”, del local de Arcos Dorados Argentina S.A., Mc Donalds, ubicado en la Av. Constitución, Ruta Pcial N° 26 y Colectora Av. 12 de Octubre, Partido Del Pilar.
El informe a fs. 159 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.
Considerando
Que del total de los 6 vecinos consultados, 6 han dado su conformidad, cuya firma se verifica de fs. 149 a 154 del expte. de referencia.
Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimiento de este tipo.
Que en función del Decreto N° 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concediá el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza Nro. 508/2017.
El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 508/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: IX- Sección: K, Quinta: 56 a, Parcela: 3 b, Partida: 192799, el “Uso Conforme de Suelo”, para el sector destinado a “Juegos Infantiles”, del local de Arcos Dorados Argentina S. A. Mc Donalds ubicado en la Av. Constitución, Ruta Pclal N°26 y Colectora Av. 12 de Octubre, Partido Del Pilar.
ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho período y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.
ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.
ARTÍCULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducará automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.
ARTÍCULO 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.