Boletines/Pilar

Decreto Nº191/18

Decreto Nº 191/18

Pilar, 12/01/2018

Corresponde al Expediente N° 786/2017 - 017/2017

PILAR,

Visto

El expediente N° 17/2017, por medio del cual el Sr. Gustavo Darío Walter, Veterano de Guerra, solicita la condonación del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales por la partida 135720 por los periodos 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 respectivamente.

Considerando

Que a fojas 23 el Sr. Gustavo Dario Walter, veterano de guerra, solicita la condonación del pago del Tributo por Mantenimiento de de la Vía Pública y Servicios Generales por la partida 135720 por los periodos 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 respectivamente.

Que a fojas 05 se acompaña constancia como veterano de guerra.

Que a fojas 06/09 se acompaña copia certificada del título de propiedad.

Que han intervenido las áreas técnicas del D.E. sin objeciones que formular.

Que en función del Decreto 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 523/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 523/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Condonase al Sr. Gustavo Darío Walter, Veterano de Guerra, el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida N° 135720, por los periodos 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. 

ARTICULO 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda y Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.