Boletines/Pilar

Decreto Nº190/18

Decreto Nº 190/18

Pilar, 12/01/2018

Corresponde al Expediente N° 920/17 - 21019/16 Cuerpo 1 y 2.

PILAR,

Visto

El Expediente de referencia, por el cual el Padre Tomás Llórente Martínez, por la Congregación Misioneros de la Sagrada Familia, solicita la Condonación de las deudas hasta el 31 de diciembre de 2015 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de las partidas 16488 — 147747 — 64893 — 64903 — 104048 - 104047 — 64899 — 64897 - 87029 — 64904 - 64905 — 64902 — 64906 - 64901 - 64914 — 64892 — 87030 — 16487 — 64900, y

Considerando

Que la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, ha verificado la documentación adjunta por el iniciador, corroborando que es la pertinente para la obtención adjunta por el iniciador, corroborando que es la pertinente para la obtención de dicho beneficio.

Que a fojas 83/84 se encuentra adjunto Decreto Municipal N° 518 — 17 mediante el cual se inscribe en el Registro Municipal de Culto a la entidad religiosa denominada Congregación de los Misioneros de la Sagrada Familia.

Que a fojas 129, la Dirección de Rentas Comerciales verificó la existencia de dependencia comercial sobre la partida 64892.

Que la Dirección de Rentas Generales intervino e informa que la congregación se encuentra registrada en carácter de TITULAR de los inmuebles en cuestión.

Que la Dirección de Rentas Inmobiliarias intervino corroborando que existe deuda a condonar de las partidas en cuestión.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que corresponde a este Honorable Cuerpo el tratamiento del mismo.

Que en función del Decreto 33 1/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza N° 489/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 489/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1º: Condónase a la Entidad Religiosa Misioneros de la Sagrada Familia del pago de la deuda prescripta respecto del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales que gravan las partidas 16488 -147747 — 64893 — 64903 — 104048 — 104047-64899 — 64897 — 87029 - 64904 - 64905 - 64902 - 64906 — 64901 - 64914 - 64892 - 87030 — 16487 —64900 para la cuotas no abonadas de los períodos 2000 - 2001 — 2002 — 2003 — 2004 — 2005 — 2006 — 2007 — 2008 — 2009 — 2010 — 2011.

ARTICULO 2°: Condónase a la entidad Religiosa Misioneros de la Sagrada Familia del pago de la deuda del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales respecto a las partidas 16488 — 147747 — 64893 - 64903 — 104048 - 104047 — 64899 - 64897 - 87029 - 64904 - 64905 - 64902 - 64906 - 64901 — 64914 — 64892 — 87030 — 16487 — 64900 en razón de las cuestiones de interés público tenidas en consideración, respecto a las cuotas 01/12 de los periodos 2012 a 2015 inclusive.

ARTICULO 3°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.