Boletines/Pilar

Decreto Nº184/18

Decreto Nº 184/18

Pilar, 11/01/2018

Corresponde al Expediente N° 931/2017 22248/2017

PILAR,

Visto

El expediente de referencia y la Ordenanza Municipal N° 478 de fecha 7 de diciembre de 2017, y

Considerando

Que por el artículo primero de la Ordenanza del visto se modificó el Código de Zonificación aprobado por la Ordenanza Municipal N° 10/85, disponiéndose la inclusión de la Avenida Pte. Arturo Frondizi, desde su empalme con la ex Ruta 8 hasta el límite NO. del Partido Del Pilar, como Complementario Agropecuario Intensivo y Rural, a fin de permitir la materialización de los usos que se autorizan con dicho cambio.

Que como consecuencia de ello se otorgó el uso conforme de suelo a las parcelas detalladas en los artículos segundo, tercero, cuarto y quinto de la mentada Ordenanza, a fin de que funcionara la actividad de uso comercial y administrativo definida como “depósito IVb” en el código de Zonificación, el cual alcanza a los depósitos de productos insalubres y/o peligrosos, con movimiento vehicular pesado y/o superficie mayor de 200m2.

Que para la resolución del cambio sobre la Av. Frondizi se solicitó el pase en un cuarto intermedio solicitando modificaciones a los artículos primero y segundo, sancionándose luego el artículo primero, sin que se produjeran los cambios oportunamente solicitados por varios viajes concejales en dicho cuarto Intermedio.

Que en la misma sesión este Honorable Concejo Deliberante aprobó el Plan de Desarrollo Urbano y Ambiental del Partido de Pilar que contiene el diagnóstico y los lineamientos sobre el por ordenamiento territorial.

Que asimismo se encuentra en comisión el proyecto de modificación integral del Código de Zonificación sobre el cual este Cuerpo Deliberativo tiene planificado trabajar en los próximos meses a fin de unificar criterios y establecer un marco de ordenamiento territorial acorde a la realidad y necesidades actuales del Partido Del Pilar, en base al diagnóstico y los lineamientos del citado Plan.

Que en consecuencia, en virtud de los hechos ocurridos y la situación de evaluación en la que se encuentra el régimen de urbanización y zonificación, resulta improcedente realizar el cambio aprobado por la Ordenanza Municipal N° 478/17, requiriendo que el mismo se tome en un marco de mayor análisis y de manera integral dentro de la planificación general del territorio con la aprobación de un nuevo Código.

Que en función del Decreto 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza N° 516/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 516/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Municipal N° 478/17 por los argumentos expuesto en los considerandos.

ARTICULO 2°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete y Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.