Boletines/Pilar

Decreto Nº148/18

Decreto Nº 148/18

Pilar, 10/01/2018

Corresponde al Expediente N° 630/2017 15398/2017

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio Del Pilar, firman un Compromiso de Gestión Municipal Anual para la implementación del Proyecto de Protección de la Población Vulnerable contra las enfermedades crónicas no trasmisibles, y

Considerando

Que corresponde a este Honorable Cuerpo el tratamiento del mismo, conforme a lo dispuesto por el art. 41 de la L.O.M.

Que en función del Decreto 33 1/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nº 505/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 505/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Homológuese el Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 26 de junio del corriente año entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, debidamente representado por la Directora Provincial Dra. Adriana Duran y la Municipalidad Del Pilar, debidamente representada por el Sr. Intendente Municipal, Lic. Nicolas Ducoté, cuyo texto luce a fojas 03 a 13 de las presentes actuaciones y la copia autenticada se incorpora como Anexo 1 de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2°: Autorizase al D.E. a la suscripción de los acuerdos necesarios, entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad Del Pilar, conforme a lo establecido en la cláusula segunda del Convenio de referencia.

ARTICULO 3°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Salud, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.

Anexos

Convenio

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