Boletines/Pilar

Decreto Nº131/18

Decreto Nº 131/18

Pilar, 09/01/2018

Corresponde al Expediente 903/17 - 16317/2017

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Sr. NICOLAS ARIEL CLAROS, DNI N° 29.698.441, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para “Canchas de Fútbol, con baños, vestuario y SUM”, ubicado sobre Ruta 34 y calle Vasco da Gama, Pilar, Partido Del Pilar.

El informe a fs. 30 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”, y

Considerando

Que del total de los 15 vecinos consultados, 13 han dado su conformidad y 2 no lo han dado, cuya firma se verifica de fs. 13 a 27 del expte. de referencia.

Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimiento de este tipo.

Que en función del Decreto N° 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza Nro. 488/2017. 

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 488/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: IV- Sección: Rural, Parcela: 486 a, Partida: 112201, el “Uso Conforme de Suelo”, para “Canchas de Fútbol, con baños, vestuario y SUM”, ubicado sobre Ruta 34 y calle Vasco da Gama, Pilar, Partido Del Pilar.

ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho período y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.

ARTÍCULO 4°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.