Boletines/Pilar
Decreto Nº 76/18
Pilar, 05/01/2018
Corresponde al Expediente N° 896/17 — 2939/16
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, por el que se tramita homologar el contrato de locación entre la Municipalidad Del Pilar y el Sr. Víctor Villena Silva, DNI 92.489.084, por el inmueble ubicado en la calle Juan Domingo Perón 1175, de la localidad de Villa Rosa, Partido Del Pilar, con destino al funcionamiento de la Casa de la Cultura de Villa Rosa y/o cualquier otra actividad relacionada a los fines públicos de la Administración Municipal, y
Considerando
Que corresponde de acuerdo a lo establecido en el art. 273 (Decreto Ley 8752/77), Disposiciones Generales Capítulo XIV, Ley Orgánica Municipal, convalidar por parte del HCD el convenio suscripto.
Que en función del Decreto 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante el Señor Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero de 2018.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 569/2017.
El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 569/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTICULO 1°: Homologuese el contrato de locación, obrante a fojas 52/55, suscripto entre la Municipalidad Del Pilar y el Sr. Víctor Villena Silva, DNI 92.489.084, por el inmueble ubicado en la calle Juan Domingo Perón 1175, de la localidad de Villa Rosa, Partido Del Pilar, con destino al funcionamiento de la Casa de la Cultura de Villa Rosa y/o cualquier otra actividad relacionada a los fines públicos de la Administración Municipal, vigente desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019.
ARTICULO 2°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Dirección de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.