Boletines/Pilar
Decreto Nº 61/18
Pilar, 04/01/2018
Corresponde al Expediente N° 14007/2017
PILAR,
Visto
El Expediente 14007/2017, por el cual la empresa VIACART S.A. con domicilio en Av. Boedo 576 6° piso CABA, solicita autorización y permiso para la instalación en suelo de dominio público 400 pantallas publicitarias y 50 pantallas transiluminadas, conforme la Ordenanza 407/16, en el Partido del Pilar que se ubicaran en los lugares a determinar.
Considerando
Que los requisitos necesarios a fin de obtener el permiso objeto de las presente se rige por la Ordenanza Municipal 407/16 y su modificatoria por Ordenanza 360/17.-
Que el art. 13 de la Ordenanza 407/16 establece: “PUBLICIDAD EN DOMINIO PÚBLICO: Toda publicidad que utilice soportes situados en suelo de dominio público, y que refiera a elementos expresamente regulados por esta Ordenanza, podrá ser autorizada por vía resolutiva de la Autoridad de aplicación.”
Que el art. 6.4 inc b de la Ordenanza 407/16 permite la instalación de los elementos que el permisionario solicita instalar por cuanto dicho artículo establece “6.4. SEGÚN SU SOPORTE: ... b) Pantalla: Elemento instalado en la vía pública, con previa autorización, destinado a la fijación de afiches o placas en el caso de ser luminosas...”
Que a fs. 1 la empresa VIACART S.A adjuntando información y documentación para el otorgamiento del permiso, y que la petición del permiso, encuentra sustento normativo en los artículos 6.4b); 7.9; 13 y 18 de la Ordenanza 407/16 modificada por Ordenanza 360/17.-
Que en la nota de presentación de fsl, se compromete a abonar los derechos de publicidad y propaganda que establece la Ordenanza Fiscal Tributaria del Municipio de Pilar.
Que los ingresos que abone la permisionaria como tasa por publicidad y propaganda en dominio público, mediante los elementos que se instalen serian de suma utilidad para el desarrollo del Municipio.
Que a fs. 1 ademés la empresa VIACART S.A. Ofrece destinar al Municipio el uso de 36 días discontinuos anuales con su respectiva producción gráfica de los elementos que se instalen para la difusión de información institucional y de gestión de 300 pantallas porta afiches, sin cargo para el erario público.
Que el peticionante solicita el permiso aquí descripto por el termino de 5 años tal como lo marca la Ordenanza 407/16 y su modificación por Ordenanza 360/17.
Que a fs. 3 se encuentra glosado el último antecedente como permisionario en el distrito, el cual se haya registrado por Ordenanza 48/2005, para el uso del espacio público para el mantenimiento y explotación de los elementos detallados con anterioridad al presente.
Que a fs. 5/10 lucen agregadas fotos y descripción técnica con medidas de los elementos a instalar como memoria descriptiva.
Que a fs. 27/33 obra constancia de seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo de las estructuras Instaladas y/o las que en el futuro se instalen en el Partido de Pilar. Cumpliendo así con lo que marca la Ordenanza 407/16 en su artículo 21.
Que a fs. 35/40 luce agregado instrumentos que acreditan la personería del peticionante.
Que luce a fs. 42 informe y estado tributario emitido por la Dirección de Rentas Comerciales, que da cuenta que el permisionario ha conformado los periodos anuales 2015/2016 y 2017, por tasas de publicidad y propaganda siendo ello un requisito indispensable a la hora de obtener el permiso que se solicita (art. 18 Inc. b Ord. 407/16).
Que mediante nota de presentación la empresa y como consecuencia de la Ordenanza 48/2005. Acompaña una descripción y plano de ubicación de dispositivos instalados ver fs. 11/27.
Que con la presentación de la copia de la ordenanza 48/2005 la empresa acredita demostrar cumplimiento tributario y antecedentes de experiencia en el Municipio en cuanto a la instalación de mobiliario urbano, de similares características a los aquí solicitados.
Que, en función del Decreto N° 331/17 del HCD, por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal, y que a través del Decreto N° 360/17 del HCD el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Interino desde el día 4 de Enero de 2018 al 18 de Enero del 2018.
El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorizar a VIACART SA. CUIT 30-54080139-4 a instalar en suelo de dominio público 400 pantallas publicitarias y 50 pantallas transiluminadas, conforme la Ordenanza 407/16 en el Partido del Pilar.
Artículo 2°: El plazo del presente permiso es de cinco años, contados desde la fecha de su otorgamiento. Art. 26 Ordenanza. 407/16.
Artículo 3°: El presente permiso tiene el carácter de precario en los términos del art. 43 de la Ordenanza 407/16.
Artículo 4°: La empresa solicitante deberá adjuntar en un plazo de 120 días hábiles administrativos un plano geo referenciado de los elementos que desea implantar y/o colocar, dicho instrumento deberá adjuntarse como anexo, y previo a su implantación deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación.
Artículo 5°: La empresa deberá abonar la tasa de publicidad y propaganda que establece la Ordenanza Fiscal Tributaria del Municipio del Pilar durante la vigencia del permiso.
Artículo 6°: La empresa VIACART S.A tendrá a su cargo el mantenimiento y conservación de los elementos publicitarios colocados durante la vigencia del permiso.
Artículo 7°: El mobiliario urbano existente deberá ser renovado en un plazo de 120 días hábiles administrativos y la propuesta de diseño deberá ser adjuntada en los términos del artículo 4° del presente.
Artículo 8°: Dese Registro Municipal, notifíquese al interesado, a la Secretaria de Hacienda, Jefatura de Gabinete, con las debidas constancias, archívese.