Boletines/Pilar
Decreto Nº 60/18
Pilar, 04/01/2018
Corresponde al Expediente Nº 18031/2017
Pilar,
Visto
El Expediente 18031/2017, por el cual la empresa ADMIRA S.A. con domicilio en calle Sinclair 2976 CABA, solicita autorización y permiso para la colocación de 700 Banners Publicitarios, conforme la Ordenanza 407/16 en el Partido del Pilar que se ubicaran en los lugares a determinar.
Considerando
Que los requisitos necesarios a fin de obtener el permiso objeto de las presente se rige por la Ordenanza Municipal 407/16 modificada por la Ordenanza 360/2017.-
Que el art. 13 de la Ordenanza 407/16 establece: “PUBLICIDAD EN DOMINIO PÚBLICO: Toda publicidad que utilice soportes situados en suelo de dominio público, y que refiera a elementos expresamente regulados por esta Ordenanza, podrá ser autorizada por vía resolutiva de la Autoridad de aplicación.”
Que el art. 6.4 inc b de la Ordenanza 407/16 permite la instalación de los elementos que el permisionario solicita instalar por cuanto dicho artículo establece “6.4. SEGÚN SU SOPORTE: … i) Banners publicitarios: Bandera o pancarta con imágenes de textos y gráficos impresos sobre lona, tela o chapa, con soporte adherido a columnas o poste de alumbrado público.”
Que el art. 7.2 inc h de la Ordenanza 407/16 y como sustento legal establece las condiciones de instalación de los elementos aquí descriptos por cuanto dicho artículo establece “7.2 SALIENTES…h) Banners de anuncios publicitarios se permitirán de (1,5m) un metro y medio de alto por (1,0m) un metro de ancho como medidas máximas. No podrá colocarse más de dos anuncios de este tipo por columna o poste de alumbrado público…”
Que a fs. 1 luce que la empresa ADMIRA S.A se presenta por medio de su representante legal, adjuntando información y documentación para el otorgamiento del permiso, que encuentra sustento normativo en los artículos 6.4i); 7.2 INC h)13 y 18 de la Ordenanza 407/16
Que a fs. 2/18 luce agregado instrumentos que acreditan la personería del peticionante, mediante copia del estatuto social
Que los elementos a instalarse abonan los derechos de publicidad y propaganda que establece la Ordenanza Fiscal Tributaria del Municipio de Pilar.
Que los ingresos que abone la permisionaria como tasa por publicidad y propaganda en dominio público, mediante los elementos que se instalen serian de suma utilidad para el desarrollo del Municipio.
Que sería de suma utilidad para el Municipio el uso de 100 días discontinuos anuales con su respectiva producción gráfica de los elementos que se instalen para la difusión de información institucional y de gestión de 200 Banners Publicitarios, sin cargo para el erario público.
Que el permiso aquí descripto no podrá ir más allá del plazo de 5 años tal como lo marca la Ordenanza 407/16.-
Que a fs. 27/30 se encuentra glosadas fotos y ejemplos de la actividad con elementos similares a los aquí enunciados en los distritos de San Isidro y Vicente López, demostrando antecedentes de experiencia en la el desarrollo de la actividad publicitaria, los cuales han sido corroborados por esta dirección.
Que a fs. 34 luce agregado un plan de mantenimiento como compromiso de conservación en buen estado de las pancartas a instalarse, con limpieza del lugar y vigilancia y guardia rotativa ante los deterioros que se presenten.
Que luce a fs. 37 informe y estado tributario que da cuenta que no registra incumplimiento ni deuda por ningún tributo, entre ello por tasas de publicidad y propaganda siendo ello un requisito indispensable a la hora de obtener el permiso que se solicita (art. 18 inc. b Ord. 407/16).
Que a fs. 38/47 obra constancia de seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo de las estructuras instaladas y/o las que en el futuro se instalen en el Partido de Pilar. Cumpliendo así con lo que marca la Ordenanza 407/16 en su artículo 21.
Que a fs. 55/57 luce descripción técnica e informe técnico suscripto por ingeniero civil con medidas de los elementos a instalar como memoria descriptiva.
Que el solicitante ha cumplido con los requisitos que ordena la Ord. 407/16 modificada por la Ord. 360 /2017 para obtener el permiso solicitado.
Que, en función del Decreto Nº 331/17 del HCD, por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal, y que a través del Decreto Nº 360/17 del HCD el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Interino desde el día 4 de Enero de 2018 al 18 de Enero del 2018.
El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E TA
Artículo 1°: Autorizar a ADMIRA SA. CUIT 30-71473292-3 a instalar y colocar 700 Banners Publicitarios, conforme la Ordenanza 407/16 en el Partido del Pilar
Artículo 2°: El plazo del presente permiso es de cinco años, contados desde la fecha de su otorgamiento. Art. 26 Ordenanza. 407/16.
Artículo 3°: El presente permiso tiene el carácter de precario en los términos del art. 43 de la Ordenanza 407/16.
Artículo 4°: La empresa solicitante deberá adjuntar en un plazo de 120 días hábiles administrativos un plano geo referenciado de los elementos que desea implantar y /o colocar, dicho instrumento deberá adjuntarse como anexo, y previo a su implantación deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación.
Artículo 5°: La empresa deberá abonar la tasa de publicidad y propaganda que establece la Ordenanza Fiscal Tributaria del Municipio del Pilar durante la vigencia del permiso.
Artículo 6°: La empresa ADMIRA S.A tendrá a su cargo el mantenimiento y conservación de los elementos publicitarios colocados durante la vigencia del permiso.
Artículo 7°: Aceptar de uso gratuito de 200 banner para publicidad oficial ofrecida por ADMIRA S.A., los que serán utilizados durante 100 días discontinuos y anuales por el MUNICIPIO DEL PILAR, según sus necesidades.
Artículo 8°: Dese Registro Municipal, notifíquese al interesado y a la Secretaria de Hacienda, Jefatura de Gabinete, con las debidas constancias, archívese.