Boletines/Lobería
Decreto Nº 426-22
Lobería, 04/03/2022
AMPLÍASE, el monto abonar al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, la Ordenanza Nº 2.585/21, Decretos Nº 69/22 y 70/22; y
Considerando
QUE, el Secretario de Salud y Desarrollo Social DR. FRANCESCO FIORAMONTI, solicita se amplíe por los periodos y montos que se indican y a las personas que expresamente se detallan en la parte dispositiva, designados en carácter de destajistas mediante los decretos referenciados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- AMPLÍASE, durante los periodos que se indican, el monto abonar al personal destajista designado por los decretos detallados:
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DECRETO DE DESIGNACIÓN |
APELLIDO Y NOMBRE |
NUMERO DE DOCUMENTO |
LEGAJO |
TAREA |
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069/22 |
MORALES, TAMARA |
41.546.969 |
2208 |
ADMINISTRATIVO EN CAPS. CARRILLO |
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070/22 |
GUTIERREZ,ROBERTO ISMAEL |
12.845.143 |
10543 |
AGENTE PROMOTOR DE LA SALUD EN EL AMBITO DE CAPS-SALUD MENTAL |
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ARTÍCULO 2.- Los montos a abonar a cada destajista se efectivizarán de la siguiente manera:
MORALES, TAMARA
Bruto IPS Neto
Febrero 8% $ 219,67 $ 26,36 $ 188,92
Marzo 8% $ 237,24 $ 28,47 $ 204,03
GUTIERREZ, ROBERTO
Bruto IPS Neto
Febrero 8% $ 21.340,75 $ 2.560,89 $ 18.353,05
Marzo 8% $ 23.048,00 $ 2.765,76 $ 19.821,28
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a las Partidas: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 22 Programa Salud Mental - 35 Dirección Centros de Atención Primaria de la Salud - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Oficina de Personal, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 426-22