Boletines/Lobería
Decreto Nº 407-22
Lobería, 02/03/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 100/22; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Luro N° 743 de la ciudad de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 16 de febrero de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22, SR. DIEGO BORELLO, D.N.I. Nº 32.141.376, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Domínguez, ubicada en calle Luro N° 743 de la ciudad Lobería, a partir del 16 de febrero de 2022.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y el monto a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Agua fría y caliente en baño $ 20.338,95
Cloacas en baño $ 12.496,16
Colocación y conexión de tanque $ 5.134,88
Cámara de inspección $ 4.186,05
Colocación de artefactos sanitarios $ 6.216,28
Tendido cañería de cloaca $ 1.506,98
Entrada de agua $ 1.043,26
Desagües de lavadero $ 3.799,42
Agua fría y caliente en lavadero $ 2.790,70
Abrir canaleta para cañería de agua $ 4.767,44
Realizar base de tanque $ 6.254,20
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CON TREINTA CENTAVOS ($ 68.534,30.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 58.939,50) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 8.224,12. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda - 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO N° 407-22