Boletines/Puan
Decreto Nº 606/17
Puan, 17/03/2018
Visto
las Ordenanzas Municipales N° 2488/00 y sus modificatorias 2850/01 y 2883/02 relacionadas con el funcionamiento de las Guarderías Infantiles Municipales; el Decreto Nacional Nº 574/16 y la Resolución Nº 530/16 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación por el cual se aprueba el Plan Nacional de Primera Infancia creando y/o fortaleciendo en todos los distritos del territorio argentino Espacios de Primera Infancia que tienen como objetivo garantizar el desarrollo integral de niños y niñas en pos de favorecer la promoción y protección de sus derechos, y
Considerando
Que se hace necesario que la comunidad de San Germán cuente con un espacio de cuidado y abordaje integral de los niños y niñas de la localidad en su primera infancia.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A :
Artículo 1º.- Créase el ESPACIO DE PRIMERA INFANCIA en la localidad de San Germán destinado a brindar atención y cuidados a niños y niñas de familias que por razones laborales y de situaciones de vulnerabilidad social necesiten de este espacio, el cual funcionará en el marco de la Secretaría de Promoción Social.
Artículo 2°.- OBJETIVOS.
Artículo 3º.- POBLACION SUJETO:
# Grupo 1: Niños de 45 días a 4 años de edad
# Grupo 2 : Niños de 5 a 7 años de edad
Artículo 4°.- ACCIONES.
El Espacio de Primera Infancia de San Germán desarrollará su proyecto de funcionamiento en el marco de los siguientes ejes: asistencia nutricional; estimulación temprana y psicomotricidad; pedagógico y recreativo; prevención y promoción de la salud y participación comunitaria.
Asistencia nutricional: asistencia alimentaria de acuerdo a la edad.
Estimulación temprana y psicomotricidad: actividades tendientes a incentivar el desarrollo bio psico social de los niños.
Pedagógico y recreativo: actividades que fortalezcan aspectos pedagógicos, de expresión artística, deportiva, y recreación de acuerdo a grupos de edades.
Prevención y promoción de la salud: articulación con los recursos sanitarios de la localidad en actividades de prevención y promoción de la salud y orientación y acompañamiento a las familias.
Participación comunitaria: talleres y capacitaciones destinadas a familias y al personal del Espacio de Primera Infancia
* Reuniones con familias, convocatorias a familias a participar en actividades con los niños, actividades comunitarias, etc.
Artículo 5°.- Recursos Humanos: para la implementación del Proyecto, el personal a cargo será:
Se trabajará en forma articulada con la trabajadora social de Promoción Social de San Germán.
Artículo 6°.- La supervisión y coordinación de la dinámica institucional estará a cargo de la Secretaría de Promoción Social.
Artículo 7°.- El gasto que demande el cumplimiento del programa instaurado por el presente decreto, será imputado a la Jurisdicción Dirección de Promoción Social, 08- Acción Social San Germán, de la estructura programática RAFAM del presupuesto de gatos vigente.
Artículo 8°.- Dése al Registro Oficial; pase a Compras, Contaduría, Delegación San Germán y Secretaría de Promoción Social a sus efectos, cúmplase y archívese.-