Boletines/Puan
Ordenanza Nº 6833/18
Puan, 13/06/2018
Corresponde al expediente Nº 460/17
ORDENANZA
ORDENANZA N° 6 8 3 3 / 1 8
ARTÍCULO 1º.- Actualízanse los valores fijados para las ASIGNACIONES FAMILIARES a partir del 1º de JUNIO de 2018, establecidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de acuerdo al siguiente detalle y que será aplicados a la Administración Central y Ente Descentralizado de Salud:
Asignaciones Familiares |
Ingreso Grupo Familiar |
Valor General |
Maternidad |
Sin tope IGF |
Remuneración bruta |
Nacimiento |
Entre $ 200 y $ 94.786 |
$ 1.840,00 |
Adopción |
Entre $ 200 y $ 94.786 |
$ 11.021,00 |
Matrimonio |
Entre $ 200 y $ 94.786 |
$ 2.756,00 |
Prenatal |
Entre $ 200 y $ 24.492 |
$ 1.578,00 |
|
Entre $ 24.492,01 y $ 35.922 |
$ 1.063,00 |
|
Entre $ 35.922,01 y $ 41.473 |
$ 640,00 |
|
Entre $ 41.473,01 y $ 94.786 |
$ 328,00 |
Hijo |
Entre $ 200 y $ 24.492 |
$ 1.578,00 |
|
Entre $ 24.492,01 y $ 35.922 |
$ 1.063,00 |
|
Entre $ 35.922,01 y $ 41.473 |
$ 640,00 |
|
Entre $ 41.473,01 y $ 94.786 |
$ 328,00 |
Hijo con discapacidad |
Hasta $ 24.492 |
$ 5.147,00 |
|
Entre $ 24.492,01 y $ 35.922 |
$ 3.638,00 |
|
Superior a $ 35.922,01 |
$ 2.295,00 |
Ayuda escolar anual |
Entre $ 200 y $ 94.786 |
$ 1.322,00 |
Ayuda escolar anual hijo con discapacidad |
Sin tope IGF |
$ 1.322,00 |
La percepción de un ingreso superior a $ 47.393.- por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido de $ 94.786.-
Los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares, son las contempladas por la Administración Nacional de Seguridad Social (Ley Nº 24.714 y sus modificatorias). Se actualizarán en base a disposiciones vigentes.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO-
Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. CARLOS LISANDRO. KOLLER, Presidente.