Boletines/Puan
Ordenanza Nº 6786/18
Puan, 04/04/2018
Corresponde al expediente Nº 037/18
ORDENANZA
ORDENANZA N° 6 7 8 6 / 1 8
ARTÍCULO 1°.- Adhesión. Adhiérase a la Ley Provincial N° 15.000 que regula el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales de los funcionarios y agentes del sector público de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Sujetos comprendidos. Están obligados a la presentación de Declaración Jurada Patrimonial, aun cuando se desempeñen en el cargo en forma transitoria, remunerada u honoraria y cualquiera sea su modalidad de contratación:
a.1) Intendente;
a.2) Secretarios;
a.3) Contador municipal;
a.4) Tesorero;
a.5) Jefe de Compras;
a.7) Personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público, integre comisiones de adjudicaciones, compra y recepción de bienes, participen en licitaciones y concursos; y jefes de personal o recursos humanos;
b.1) Concejales
ARTÍCULO 3°.-Sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales. Apruébese el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales del Municipio de PUAN que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- Autoridad de Aplicación. Desígnese Autoridad de Aplicación del sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales a la Oficina de Personalo el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a instrumentar los mecanismos necesarios a fin de hacer efectivo el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales del Municipio y a afectar las partidas presupuestarias necesarias a tal efecto.
ARTÍCULO 6°.- Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A CUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO-
Firma: Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa. H. Concejo Deliberante. C. Lisandro Koller. Presidente. H. Concejo Deliberante.