Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 487
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/11/2021
Visto las presentes actuaciones, por las cuales se realizó la carga del pedido Nº 4685, que da inicio a las presentes actuaciones, para el servicio de reparación del vehículo Fiat Ducato dominio OQQ-521, registro interno K-641, asignado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y,
Considerando
Que a través de la Resolución Nº 212/202, cuya copia consta a fs. 7, se encomendó a la Dirección General de Técnica Jurídica el inicio de las actuaciones tendientes a obtener la reparación por los daños y perjuicios por los daños sufridos, por el siniestro ocurrido el día 05 de marzo de 2021,
Que según consta a fs.6 la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, en su informe manifiesta la necesidad de contar con el vehículo de forma inmediata dado que afecta al traslado de niños que se encuentran bajo la custodia y resguardo de las distintas instituciones convivenciales,
Que a fs. 8 consta la carta documento enviada al Sr. Pablo Benvenuto y a la aseguradora "Triunfo", notificando a ambos que en el plazo perentorio e improrrogable de cinco (5) días de recibidas, abonen al Municipio la suma de pesos ciento treinta mil setecientos ($130.700.-) mas actualización del monto que surja del presupuesto que requerirá la Municipalidad al momento del efectivo pago, sin obtener respuesta de los destinatarios, por lo cual se dió inicio al presente proceso de reparación, conforme a lo expuesto a fs. 15 por el Jefe del Departamento de Compras,
Que a fs. 17 la Dirección General de Técnica Jurídica informó que se encuentran recabando informes a fin de interponer la correspondiente demanda judicial,
Que a fs. 18 el Contador General en su informe, manifiesta la necesidad de reparar el vehículo, por tratarse del medio que se utiliza para el traslado de niños de las instituciones y programas de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia,
Que las actuaciones sumariales del agente que conducía el vehículo, Nicolás Andrés Martínez, Legajo Nº 14.207, constan en el expediente Nº 593-6891-2021, en el cual la Dirección General de Técnica Jurídica indica que por haber transcurrido seis (6) meses sin resolución que ordene el respectivo sumario, conforme al Artículo 81 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, "El poder disciplinario por parte de la Administración Municipal se extingue:...c) Por prescripción, en los siguientes términos: 1. A los seis (6) meses en los supuestos de faltas susceptibles de ser sancionadas con penas de llamado de atención, apercibimiento y/o suspensión. 2. A los doce (12) meses, en los supuestos de faltas susceptibles de ser sancionadas con pena de cesantía. En todos los casos el plazo se contará a partir del momento de la comisión de la falta..." de acuerdo a las copias que obran a fs. 23/24.
Por lo expuesto precedentemente y ante la imperiosa necesidad de reparar el vehículo de referencia, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Autorizar la reparación del vehículo Fiat Ducato dominio OQQ-521, registro interno K-641, asignado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, por el daño en el estribo derecho -reparación y pintura de zócalo - y en la parte trasera -reposición y pintura del portón lateral y reposición de manija- en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de las presentes actuaciones.
SEGUNDO: Dejar constancia que las actuaciones judiciales tendientes a la reparación por los daños y perjuicios del vehículo Fiat Ducato dominio OQQ-521, registro interno K-641, constan en el expediente Nº 593-2569-2021.-
TERCERO: Cúmplase, Notifíquese, tome nota el Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al RO y ARCHIVESE.-