Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0421/22

Decreto Nº 0421/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 17/03/2022

 

ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja, a la agente JAQUELINE ESTEFANIA LEON (Legajo Nº 34.493/57 – CUIL 27-39282579-2) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), Nº de Orden 805, a partir del 2 de marzo de 2022, con carácter Interino, en la Escuela Nº 6 “Centenario” (U.E. 08-02-2-1-2-06).

 

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a la agente SELVA DEL CARMEN MARTINEZ (Legajo Nº 35.131/53 – CUIL 27-25580393-5) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), Nº de Orden 805, a partir del 2 de marzo de 2022, con carácter Provisional accediendo al cargo por Listado de concurso – Res. 286/20 y hasta el cumplimiento de los plazos establecidos en el Reglamento de Concurso Interno para cubrir cargos de Maestro de Año de Nivel Primario: Titular/Interino/Suplente en Escuelas Primarias Municipales dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación de la Municipalidad de General Pueyrredon – Expediente 7749-5-2019 cpo. 1 – Res. 1602/19 – 1701/19 – Ordenanza 20760 - Capítulo V “de la Provisionalidad” y Cap. VI “de la Titularidad,  en la Escuela Nº 6 “Centenario” (U.E. 08-02-2-1-2-06).

 

ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 7º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1  -   Programático: 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 8 - para el Art. 3º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 14 - para el Art. 5º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1.

 

ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.

 

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

p.m.

                                       PUGLISI                     MONTENEGRO                  

REGISTRADO BAJO Nº 0421