Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0447/22

Decreto Nº 0447/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 17/03/2022

ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 8 de marzo de 2022, la renuncia presentada por la  agente ALICIA NOEMI ORELLANO (CUIL 27-17659510-3) al cargo de Director de  2da. Enseñanza Inicial 4 a 5 secciones (C.F 9-25-99-01 – Nº de Orden 4584 )  en el Jardín de Infantes Nº 20 en Legajo Nº 21.717/61 (U.E. 08-02-2-1-1-20), a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94), dándosele de baja del cargo de Maestro de Sección Enseñanza Inicial (C.F. 9-21-99-01 - Nº de Orden 3803 -  Legajo Nº 21.717/59 - U.E. 08-02-2-1-1-09), el cual retenía.

 

ARTÍCULO 2º.-  Autorízase  el  pago,  a  partir  del  8 de marzo de 2022,  de la   suma  de   PESOS  NOVENTA Y DOS MIL  NOVECIENTOS VEINTIDÓS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 92.922,75),  a valores vigentes al mes de diciembre 2021, Decreto Nº 2214/21, Bonificación Especial Docente enero 2022, Dto. 0131/21, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial 12.950 según texto Ley 15.243.

 

ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en  el artículo 2º queda supeditado a reajuste  en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.

 

ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con la beneficiaria tendiente a obtener   el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.

 

ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que la agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires (Formulario 611).

 

ARTICULO 6º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15.

 

ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente  deberá imputarse de la siguiente forma:

 

Artículo 2º a: Fin/Fun. 1-3-0 – Programático  01-03-00 – Inc. 6 –  P.P. 2 – P.p. 1 – P. Sp. 0 – Ap. 0 – F.Fin. 1-1-0 - U.E. 02-18-2-1-5-00– Institucional 1-1-1-01-03-000 – UER. 3.

 

ARTÍCULO 8º.-   El  presente  decreto  será  refrendado  por  el  señor SECRETARIO  DE EDUCACIÓN.

 

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.

Sll/                                       PUGLISI                     MONTENEGRO                  

REGISTRADO BAJO Nº 0447