Boletines/Rauch
Ordenanza Nº 1460/21
Rauch, 24/08/2021
Visto El Expte. Municipal Nro. 4093-16070/21, Licitación Privada N° 12/21, “ARGENTINA HACE II - 3.500 mts. de Cordón Cuneta en Barrios de la Ciudad - Segunda Etapa – B°. SOLIDARIDAD 56 VIVIENDAS – COOPTEBA - //Av. Gral. Paz 000 al 100 (par) y Calle Juan Silva 300 al 600 (par)”.-
El Decreto Municipal N° 632/21.-
El Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales, Particulares, Especificaciones Técnicas y Planos de obra.-
El Acta de la apertura de sobres obrante a fs. 87.-
La comparativa de ofertas de fs. 90/91.-
El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de administración para las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando Que mediante el expediente de referencia tramita la Licitación Privada para para la construcción de 1855,00 metros lineales de cordón cuneta y 69,80 metros cuadrados de badenes, además de las tareas complementarias detalladas en la planilla de cómputo y presupuesto en el marco de la obra denominada “ARGENTINA HACE II - 3.500 mts. de Cordón Cuneta en Barrios de la Ciudad - Segunda Etapa – B°. SOLIDARIDAD 56 VIVIENDAS – COOPTEBA - //Av. Gral. Paz 000 al 100 (par) y Calle Juan Silva 300 al 600 (par)”.
Que, conforme surge del acta de apertura de sobres cuya constancia obra a fs. 87 del citado expediente se presentó una única oferta por parte de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO MAYO LTDA., en la suma de pesos tres millones doscientos veintitrés mil trescientos ochenta y dos con 60/100 ctvos. ($ 3.223.382,60).
Que del análisis de la propuesta referida surge que la misma da cumplimiento a los requisitos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones, Cláusulas Generales y Particulares, y se ajusta al presupuesto de obra por lo que el Departamento Ejecutivo estimo conveniente la aceptación de dicha oferta resolviendo su adjudicación ad referéndum de este Honorable Concejo Deliberante, mediante Decreto Nº 632/21.
Que, así, conforme lo dispuesto por el art. 155 de la ley Orgánica de las Municipalidades y art. 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, resulta necesario la intervención de este Cuerpo Deliberativo a los fines de convalidar la adjudicación dispuesta.
Por ello, este Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias acuerda y sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo N°1: Convalidar el Decreto Municipal Nº 632/21 por el que se adjudica a la firma Cooperativa de Trabajo Mayo Ltda. la ejecución de la obra denominada “ARGENTINA HACE II - 3.500 mts. de Cordón Cuneta en Barrios de la Ciudad - Segunda Etapa – B°. SOLIDARIDAD 56 VIVIENDAS – COOPTEBA - //Av. Gral. Paz 000 al 100 (par) y Calle Juan Silva 300 al 600 (par)”, en la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 60/100 CTVOS. ($ 3.223.382,60), en un todo de acuerdo con la documentación obrante en el expediente Nº 4093-16070/2021 correspondiente a la Licitación Privada Nº 12/21.
Artículo N°2: De forma.