Boletines/Brandsen

Decreto Nº2397

Decreto Nº 2397

Brandsen, 28/12/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-29.889/21 por el cual SUPERMERCADO MALAMBO DIGITAL RETAIL S.A, CUIT 30-71741246-6 solicita cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS POR MAYOR Y MENOR MAS DEPOSITO”, en el inmueble ubicado en calle Moreno N° 863, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A - Manzana 62 – Parcela 6A  y, correspondiente a la Partida Nº 8025, y;

Considerando

Que a fs. 39 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por SUPERMERCADO MALAMBO DIGITAL RETAIL S.A, CUIT 30-71741246-6 en relación al Inmueble sito en calle Sáenz Peña N° 3072 de la ciudad de Brandsen, identificado como: Circ. I – Sección A - Manzana 62 – Parcela 6A y, correspondiente a las cuentas 8025 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 3 (TRES), por tratarse de rubro “VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS POR MAYOR Y MENOR MAS DEPOSITO” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTICULO 1º.- Otorgase a SUPERMERCADO MALAMBO DIGITAL RETAIL S.A, CUIT 30-71741246-6 un cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS POR MAYOR Y MENOR MAS DEPOSITO”, en el inmueble ubicado en calle Moreno N° 863, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A - Manzana 62 – Parcela 6A   y, correspondiente a la Partida Nº 8025.-

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese