Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20575

Ordenanza Nº 20575

Bahia Blanca, 08/03/2022

VISTO

El proyecto de ordenanza por el que se autoriza a adjudicar la contratación del servicio de Traslado de pacientes bajo distintas modalidades operativas, a fin de cubrir las necesidades que no alcanza a prestar la ambulancia propia, para el período comprendido en el Primer Semestre de 2022, por única oferta, a la empresa SEM SALUD S.A., y;

 

 

CONSIDERANDO

 

Que para ello, se han cumplimentado los siguientes pasos:

  1. Con fecha 22 de diciembre de 2021 se emitió la Resolución Nº 6-2210-2021 llamando a Licitación Privada Nº 2049/2021 para el día 27 de diciembre a efectos de contratar el servicio aludido para el periodo 1 de enero al 30 de junio del año 2022. El presupuesto oficial ascendía a pesos dos millones trescientos cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve con 96/100 ($2.304.489,96).

  2. Con fecha 22 de diciembre de 2021, se cursaron invitaciones a diferentes proveedores inscriptos en el Registro de Proveedores (Art. 153 de la Ley Orgánica Municipal). Los convocados fueron: 1) Sem Salud S.A.; 2) Alerta S.A.; 3) Asociación Hospital Italiano Regional del Sur Alerta S.A.

  3. Con fecha 27 de diciembre de 2021 se realizó la apertura de la licitación habiéndose recibido una única oferta, presentada por el proveedor Sem Salud S.A., cuya oferta económica total asciende a pesos tres millones cinco mil setecientos cuarenta con 14/100 ($3.005.740,14).

  4. Del análisis de la propuesta presentada, la documentación presentada por el único proveedor mencionado cumple con todo lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, (documentación obrante a fojas 26 a 66).

  5. La empresa Sem Salud S.A. ha presentado su oferta discriminada para cada uno de las prestaciones de servicios solicitadas: Ítem 1) Traslado de pacientes con médico, incluye treinta (30) movimientos mensuales para el periodo Enero a Junio de 2022. Por este servicio cotizó un valor mensual de pesos doscientos setenta mil doscientos treinta y uno con 74/100 ($ 270.231,74) para las localidades de Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri; Ítem 2) Traslados programados de pacientes sin médico para cubrir treinta (30) movimientos mensuales, durante el mismo período que el ítem anterior, cotizó pesos ciento veinticinco mil ciento veintisiete con 85/100 ($ 125.127,85) mensuales; Ítem 3) Por cada traslado con médico que exceda los treinta (30) movimientos mensuales previstos en el ítem 1) cotiza pesos veintiún mil ciento diecinueve con 42/100 ($ 21.119,42).

  1. El incremento de precios es del veinticinco por ciento (25%) para los ítems 1 y 3; y del cincuenta por ciento (50%) para el ítem 2, comparándolos con los valores adjudicados para el segundo semestre de 2021.

  2. A fojas 68 y 69 consta el desglose de la garantía de oferta, documentación que se reserva en la Tesorería de este Hospital.

  3. Que la Oficina de Compras ha constatado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego de bases y condiciones, lo que ha quedado reflejado en planillas al efecto que obran en fojas 84 a 86.

 

 

Que la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, que no ha presentado inconvenientes en las contrataciones anteriores.

 

Que el precio ofertado está dentro de lo esperado respecto al incremento presupuestario previsto para el período a adjudicar.

 

Que el oferente presenta constancia de la habilitación emitida por la Dirección Provincial de Coordinación y Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la habilitación municipal (fojas 65/66).

 

Que en función de lo expresado anteriormente el proveedor califica conforme lo exigido por el pliego licitatorio.

 

Que la puesta en funcionamiento de la Unidad de Traslado de Baja Complejidad por nuestro Hospital ha permitido la reducción de los servicios contratados cuando los mismos no necesitan contar con la asistencia de un profesional médico.

Que el servicio licitado es requerido sólo en ocasión de no contar el paciente asistido con cobertura de algún servicio de traslado por parte de su asegurador de salud o cuando el mismo no posea cobertura alguna.

Que, por lo expuesto precedentemente y conforme lo indica el Artículo 187º del Reglamento de Contabilidad y al Artículo Nº 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en el que dice: “Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio”. Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1°)- Autorizase, al Hospital Municipal de Agudos “Dr. L. Lucero”, a adjudicar la Licitación Privada 2049/2021 “Traslado de Pacientes en Ambulancia”, a la firma SEM SALUD S.A., por un importe de pesos TRES MILLONES CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 14/100 ($ 3.005.740,14) para el período comprendido entre Enero de 2022 a Junio de 2022; en atención a todo lo antes expresado y valorando que la única oferta cumple con las exigencias técnicas y legales requeridas, resultando imprescindible la continuidad del servicio, y conforme Artículo 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículo 187º del Reglamento de Contabilidad.-

 

ARTICULO 2°) Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.