Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 342
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/09/2021
Visto las presentes actuaciones, respecto a la licencia por enfermedad de la agente Castaño Analía Silvia, Legajo Nº 13.984, dependiente del Hogar del Adolescente y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 174/2021 se aprobó la licencia por enfermedad de un año adicional en los términos del Art. 43º del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, abonándole el 75% del sueldo básico de su categoría de revista 05/3A.01, a partir del día 9 de Abril de 2021 y por el término de un año, mientras la agente continúe imposibilitada de prestar tareas,
Que a fs. 7 y a fs. 10 la División Salud Laboral infomó que la mencionada agente presentó su alta médica laboral, pudiendo reincorporarse a sus funciones laborales, correspondiendo la restitución del 100% de sus haberes y la bonificación no remunerativa por función,
Que a fs. 9 el Director del Hogar del Adolescente informó que la agente Castaño obtuvo el alta de la carpeta médica el día 28 de Junio de 2021, presentando ese mismo día la declaración jurada para hacer uso de la licencia por ser mayor de 60 años, conforme a las planillas de parte diario anexadas a fs. 13/15. Por lo expuesto y a efectos de dictar el acto administrativo correspondiente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Dar por finalizada la licencia por enfermedad otorgada a la agente Castaño Analía Silvia, Legajo Nº 13.984, dependiente del Hogar del Adolescente, a partir del 29 de Junio de 2021, por los motivos expuestos en el considerando.-
SEGUNDO: Abonar a la agente Castaño Analía Silvia, Legajo Nº 13.984, el cien por ciento (100%) del sueldo básico de su categoría de revista 05/3A.01, a partir del día 29 de Junio de 2021.-
TERCERO: Abonar a la agente Castaño Analía Silvia, Legajo Nº 13.984, dependiente del Hogar del Adolescente, la bonificación no remunerativa por asistencia, a partir del día 29 de Junio de 2021.-
CUARTO: Cúmplase, Notifíquese, tomen nota Departamento Administración del Personal, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dése al R.O. y ARCHIVESE.-