Boletines/Chascomús
Resolución Nº 13/22
Chascomús, 03/02/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-155784/V caratulado “Solicitud de prescripción y cambio de contribuyente Pda: I – 8763” iniciado por VALERA, Jorge Raúl; y
Considerando
Que el peticionante inició el trámite correspondiente, adjuntando la documentación requerida; conforme Libreta de Pagos Nº de Cuenta 164, que se acompaña.
Que se ha verificado que registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción;
Que la prescripción de las tasas municipales e impuestos provinciales opera a los 5 años (art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación).-
Que en el mismo sentido se ha expedido en el Expte. 5300 – 2981/03 el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Es decir, que la prescripción de las tasas municipales opera a los cinco años.-
Que sin perjuicio de lo expuesto, es importante destacar que en el artículo 65º de la Ordenanza Fiscal vigente, se indica que: “…la prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago.
Que atento a que no se han verificado dichas circunstancias y en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida I- 8763 por Tasa Municipal de Servicios Generales desde el periodo del 10/02/1992 hasta 06/12/2014 inclusive y Servicios Sanitarios desde el periodo 07/05/2001 hasta el 07/11/2014 inclusive.
En consecuencia, ésta Dirección de Asuntos Legales dictamino podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales respecto de la Partida Inmobiliaria Nº 8763 consignándose como tal al Sr. VALERA, Jorge Raúl, DNI Nº 11.683.776, (conf. Art. 110 y 120 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Catamarca Nº 1025 de la ciudad de Quilmes, provincia de Buenos Aires y con domicilio fiscal electrónico constituido, jrv-seguros@yahoo.com.ar, como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales solicitada desde el periodo 10/02/1992 hasta la cuota 05/12/2014 inclusive y Servicios Sanitarios desde el periodo de 07/05/2001 hasta 07/11/2014 inclusive.-
Por ello, el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pperez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda Interino (Cipriano Pérez del Cerro) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVEN
ARTICULO 1°.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 8763 consignándose como tal al Sr. VALERA, Jorge Raúl, DNI Nº 11.683.776, (conf. Art. 110 y 120 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Catamarca Nº 1025 de la ciudad de Quilmes, provincia de Buenos Aires y con domicilio fiscal electrónico constituido, jrv-seguros@yahoo.com.ar.-
ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 10/02/1992 hasta la cuota 06/12/2014 inclusive y Servicios Sanitarios desde el periodo de 07/05/2001 hasta el 07/11/2014 inclusive.-
ARTICULO 3º.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.-
ARTICULO 4º.- Notifíquese en formato digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, Gestión de Cobros, peticionante al domicilio fiscal electrónico constituido.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-