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Decreto Nº172/22

Decreto Nº 172/22

Chascomús, 23/02/2022

DESESTIMAR OFERTA LICITACIÓN PRIVADA N° 1/22

Visto

La Licitación Privada Nº 01/2022 tramitada en Expediente Administrativo N° 4030–156421 Alcance 1 para la “Construcción de Sanitarios en el Corralón Municipal”; y

Considerando

Que por Decreto N° 12/2022 se autorizó el llamado a Licitación Pública.

Que se llevó a cabo la apertura de las ofertas en fecha 21 de Enero de 2022 a las 10.00 horas el sobre N° 1 y a las 11:00 horas el sobre N° 2, habiéndose presentado un único oferente realizando la siguiente cotización:

  • BELLINGERI Arnaldo R., con una oferta de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 4.750.000,00).

Que la Comisión de Pre adjudicaciones recibe el informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Sanitarios en el que se verifica que la propuesta no cumple con lo solicitado en el pliego para ser admitida como oferta válida y detalla las causales de rechazo.

Que en el artículo 154 la LOM y el art. 188 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires aprobado por Honorable Tribunal de Cuentas, establece que la Municipalidad no está obligada a aceptar ninguna propuesta.

Que por lo expuesto la Comisión aconseja al Señor Intendente Municipal rechazar la propuesta presentada.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Desestímese la oferta presentada a la Licitación Privada Nº 01/2022 para la “Construcción de Sanitarios en el Corralón Municipal” de conformidad con las facultades contenidas en el art. 154 de Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 188 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Compras y Dirección de Comunicación.-

ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-