Boletines/Chascomús
Decreto Nº 100/22
Chascomús, 03/02/2022
AUTORIZACIÓN CARGA DE COMBUSTIBLE
Visto
La necesidad de movilización y agilidad que requiere para el desarrollo de sus tareas las diferentes áreas relacionadas con el Ejecutivo Municipal; y
Considerando
Que la disposición de agentes y/o funcionarios municipales de utilizar sus propios vehículos particulares para el desarrollo de las tareas asignadas, resulta satisfactorio para cubrir, en gran parte, la necesidad antes mencionada.
Que a tales vehículos se les deben administrar, de acuerdo a la necesidad, el combustible para su funcionamiento, en algunos casos en forma regular y en otros ocasionalmente.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, autorizando la carga de combustible durante el año 2022.
Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino (Claudio Ortega) que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese la carga de combustible adquirido por el Municipio, en las ocasiones en que resulte necesario para el normal desarrollo de las tareas, a los vehículos propiedad de agentes de Planta y/o Funcionarios Políticos Municipales, para el ejercicio 2022 de acuerdo al listado contenido en los artículos siguientes.-
ARTICULO 2º.- Están autorizados a la carga de combustible adquirido por el Municipio en la Secretaría de Desarrollo Social los vehículos que a continuación se detallan y solo cuando la tarea que deban realizar lo amerite, debiendo estar las mismas detalladas en el vale que autoriza la carga.-
SUBSECRETARIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
SCAGLIA Ercilia. Vehículo Fiat Cronos. DOMINIO AE661KZ
URRUTTY Mercedes Gladys. Vehículo Citroën Picasso. DOMINIO MBN083
SERVICIO LOCAL DE PROMOCION Y PROTECCION DE DERECHOS DEL NIÑO
CASTRO Marisa Gabriela. Vehículo Motocicleta Corven Energy 110. DOMINIO 335LBP
BAILHERES Valeria Elisabet. Vehículo Ford Ka. DOMINIO JBP712
FONTANA Roberto Luis. Vehículo Chevrolet Astra. DOMINIO HCI308
ARTICULO 3.- Los titulares deberán presentar carnet de conducir, cédula verde o azul, seguro y VTV vigentes.-
ARTICULO 4º.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Subsecretaria De Niñez Y Adolescencia, SLPPDN; Oficina de Compras y Contaduría.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Interino (Cipriano Pérez del Cerro) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-