Boletines/Tandil
Decreto Nº 748/2022
Tandil, 10/03/2022
Visto
El Programa “Operadores de Calle ̈ suscripto entre la Municipalidad de Tandil y el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por Ordenanza Nº 17072
Considerando
Que debe remunerarse la tarea según lo dispuesto en la cláusula segunda de los contratos suscriptos, en el marco del Programa referido.
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración por sus áreas la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorízase a Contaduría General a extender órdenes de pago por la suma total de un millón doscientos noventa y seis mil pesos ($ 1.296.000,00) a favor de las personas que se detallan seguidamente a razón de veintiún mil seiscientos pesos ($ 21.600,00) mensuales cada uno, por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, ambos de 2022, en el marco del Programa “Operadores de Calle ̈ suscripto entre la Municipalidad deTandil y el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por Ordenanza Nº 17072:
• Sáenz, Maximiliano Alberto– DNI 42.944.942
• Laulhe, Francisco – DNI 32.067.850
• Amores, Mariano Alberto – DNI 33.770.303
• Possak, Pablo – DNI 31.014.614
• Terragni Alan – DNI 38.916.137
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Desarrollo Social, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat - Intendencia