Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 17495/2022
Tandil, 10/03/2022
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red COLECTORA de AGUA por el sistema de Costo Cubierto en la calle LOS CEIBOS al 100, entre Los Cedros y Los Tilos, ambas veredas, cuadra incompleta- LOS CEIBOS al 200, entre Los Tilos y Los Alamos, ambas veredas- LOS CEIBOS al 300, entre Los Alamos y Hudson, ambas veredas- de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El costo total de la obra a que se refiere el artículo anterior será abonado en su totalidad por la Sra. FAVRE MARIA SILVINA, DNI Nº 20.673.533- FAVRE GUSTAVO EDUARDO, DNI Nº 16.160.121- MARIA JOSE FRONTINI, DNI Nº 26.775.859- DURINGER LEONARDO CRISTIAN, DNI Nº 22.671.721- DURINGER MARTIN GERMAN, DNI Nº 24.104.471- ANDOLFATTI ALEJANDRA, DNI Nº 25.739.903- COCA LILIANA MABEL, L.C Nº 5.951.124 representado en este acto por el Sr. FAVRE GUSTAVO EDUARDO, DNI Nº 16.160.121.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el sistema de Costo Cubierto, no pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: La empresa a cargo de la obra deberá reacondicionar el espacio a intervenir, siendo su obligación dejarlo en iguales condiciones que antes de comenzar la obra. En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá realizar los trabajos necesarios directamente o adjudicarlos a terceros, todo ello con cargo a la empresa ejecutante de la obra mencionada en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 5º: El pago de la obra podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 45º de la Ordenanza Nº 1.772/73 y en la Ordenanza Nº 6.361/94.
ARTÍCULO 6º: Una vez producida la Recepción Provisoria de Obra, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes.
ARTÍCULO 7º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Registrada bajo el Nº 17495
REF: Asunto Nº 81/2022 Expte. Nº 2021/08312/00
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)