Boletines/Tandil
Decreto Nº 3887/2022
Tandil, 03/01/2022
Visto
Las notas presentadas por el Presidente del Bloque Juntos; y,
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA EL SIGUIENTE:
DECRETO
ARTÍCULO 1º: Designáse con una remuneración mensual equivalente a la Categoría 14 Régimen cuarenta (40) horas semanales para cumplir funciones en el Bloque de Concejales "Juntos", a las siguientes personas:
ARTÍCULO 2º: El personal comprendido en el presente Decreto carecerá de todo tipo de adicional, Bonificación,o subsidio con exclusión de la bonificación por presentismo y el sueldo anual complementario.
ARTÍCULO 3º: Abónese un adicional no remunerativo equivalente a pesos cincuenta ($50) según Decreto 1937/05.
ARTÍCULO 4º: La situación de revista de los Agentes comprendidos en el presente Decreto, carecerá de estabilidad.
ARTÍCULO 5º: El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2022 y hasta el 10 de diciembre de 2023 y los gastos que demande su implementación, serán imputados a las partidas de gastos correspondientes del Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, dése al Libro de Decretos y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS TRES DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Registrado bajo el Nº 3887
REF: Asunto Nº
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)