Boletines/Castelli
Ordenanza Nº 40/2017
Castelli, 06/12/2017
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA DIFINITIVA
PARA EL PARTIDO DE CASTELLI
ARTICULO 1º: Apruébense la Ordenanza General, Ordenanza Fiscal Libros I y II, Ordenanza Impositiva y Calendario Fiscal correspondiente al año 2018, que como anexo se acompañan a la presente.
ARTICULO 2º: La presente Ordenanza tendrá efecto a partir del primer dia hábil del año 2018 al efecto del cobro de las tasas.-
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo podrá reglamentar mediante decreto todo lo concerniente a los requisitos para los otorgamientos de las autorizaciones, forma de presentación de las mismas, documentación requerida, forma de presentación de declaraciones juradas, y todo otro que facilite la gestión de cobro de las tasas.-
ARTICULO 4º: Deróganse todas las ordenanzas que se opongan a la presente.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-