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Decreto Nº225-22

Decreto Nº 225-22

Lobería, 01/02/2022

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto        Nº 100/22; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Algañaraz, ubicada en calle F. López y J. M. Paz, de esta Ciudad;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el Titular de esa Dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 03 de enero de 2022;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Algañaraz, ubicada en calle F. López y J. M. Paz de esta Ciudad, a partir del 03 de enero de 2022:

APELLIDO Y NOMBRE                                   DOCUMENTO                    

OMAR, SERGIO                                                16.337.157                                    

OMAR, FRANCO                                               38.428.136   

OMAR, BRAIAN                                                 41.068.475                                    

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                        MONTO

Techo nuevo con estructura de madera                                     $ 80.923,26

Boca de luz embutida                                                                 $ 23.430,23

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 104.353,49.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON UN CENTAVO ($ 89.744,01.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 12.522,41. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 68 Construcción de Viviendas Interés Social – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 225-22