Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6647/2021
Nueve de Julio, 25/03/2022
SASSO, HUGO JOSE– CANON MUNICIPAL POR BUFFET TERMINAL: CONDONACION.
VISTO:
El Expediente Electrónico EX-2021-00008783- -MUNINUE-MESAE#SAH.H
CONSIDERANDO:
Que dentro del número de orden 2 del expediente electrónico mencionado en el Visto el contribuyente solicita exención del canon en virtud que el buffet estuvo cerrado (al igual que la Terminal de Ómnibus) por motivos de la pandemia desde marzo de 2020 hasta enero de 2021.
Que en número de orden 8 del expediente mencionado en el Visto, la Dirección de Gestión Judicial informa que el contribuyente no posee juicios de apremio para con este municipio.
Que en número de orden 9 la Justicia de Faltas informa que el contribuyente no posee deudas por faltas para con este municipio.
Que en número de orden 12 el Director de Espacios Verdes informa que la Terminal de Omnibus estuvo efectivamente cerrada desde el período 3/2020 al 01/2021.
Que en número de orden 32 la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta el informe de deuda por Canon Municipal del Comercio Nº 3555979211 (Buffet Terminal de Ómnibus).
Que conforme surge de la deuda agregada en número de orden 22 el señor Sasso abono algunos períodos en los que estuvo cerrado.
Que en número de orden 24 del expediente electrónico mencionado, el señor Secretario de Administración y Hacienda sugiere dar curso a la condonación de la deuda, entendiendo que la imposibilidad de explotar el comercio fue ajena al Sr. Sasso, ya que la Terminal de Ómnibus (dentro de la cual se encuentra el comercio) permaneció cerrada hasta enero de 2021 por la situación generada por Covid 19.
Que en virtud de encontrarse acreditados los extremos para encuadrarse en el Artículo 215 de la Ordenanza Fiscal vigente para que se otorgue una exención si se tratare un deuda de ejercicio vigente, se sugiere dar curso a la condonación de la deuda.
Que la condonación de una deuda configura el perdón de la deuda y sus accesorios (intereses, recargos, etc) operando para el pasado sobre deudas ya devengadas, debiendo el Honorable Concejo Deliberante evaluar con criterio propio y en ejercicio de sus facultades el mérito, oportunidad y/o conveniencia.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Condónase la deuda al contribuyente HUGO JOSE SASSO, D.N.I Nº 8.486.247, los períodos 10/2020 hasta 12/2020 inclusive correspondientes al padrón municipal Comercio Nº 3555979211 por la Canon Municipal, suma que asciende a pesos treinta y siete mil cuarenta y uno con 49/100 ($ 37.041,49) al día 10/11/2021, con más los intereses generados hasta la efectiva promulgación de la presente y por los períodos mencionados.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.