Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6646/2022
Nueve de Julio, 25/03/2022
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” LOCALIDAD DE DUDIGNAC - DESADJUDICACION Y ADJUDICACION.
El Expediente Nº 4082-1075/16 Alcance 6.
La Ordenanza Nº 5271/2013.
CONSIDERANDO:
Que el lote identificado catastralmente como Circ. XII, Secc. B, Qta. 10, Mz. 10 a, Parcela 06 de la localidad de Dudignac, Partido de 9 de Julio, perteneciente a Plan Familia Propietaria ha sido otorgado mediante Ordenanza Nº 5271/2013 como adjudicataria a la señora María Lorena MEDINA (D.N.I. Nº 26.308.844), conforme acta de adjudicación obrante a fojas 2, boleto de compraventa obrante a fojas 3/4 y Ordenanza Nº 5271 obrante a fojas 7/10 del Alcance del expediente mencionado en el Visto de la presente.
Que ante el incumplimiento en la construcción y habitación, se otorgó prórroga para construir por 6 meses con fecha 16/11/2016, bajo apercibimiento de proceder a la inmediata desadjudicación, la cual se encuentra agregada a fojas 13 del Alcance del expediente administrativo mencionado en el Visto.
Que vencida ampliamente en su plazo la prórroga otorgada, a fojas 15/17 del Alcance del expediente administrativo citado en el Visto de la presente, con fecha 9/12/2020 la Secretaría de Vivienda y Urbanismo ha realizado un revelamiento con inspección y muestras fotográficas del lote y surge que no se ha cumplido el cargo de edificación, encontrándose el lote en estado baldío.
Que a fojas 18 del Alcance del expediente citado en el Visto la Dirección General de Ingresos Públicos informa que se han saldado todas las cuotas del reintegro del lote.
Que conforme el tiempo transcurrido y el vencimiento de la prórroga para construir y habitar en el lote, a fojas 19 del Alcance mencionado en el Visto de la presente, el Sr. Asesor Legal sugiere proceder a la desadjudicación, llevando a cabo el apercibimiento así dispuesto en la respectiva prórroga.
Que a fojas 21 del Alcance del expediente citado en el Visto, la señora Medina presenta un descargo por su falta de construcción, manifestando que noi está en condiciones de edificar porque vive de un sueldo mínimo.
Que evaluados los informes, la Secretaría de Desarrollo Comunitario a fojas 38 del Alcance del expediente administrativo referenciado en el Visto de la presente postula como nuevos adjudicatarios a la señora Natalia Elena CONTINIELLO (D.N.I. Nº 33.746.705) y el señor Julio Horacio FASCIOLI (D.N.I Nº 29.671.418), agregando informes sociales a fojas 31/33, documentación personal e índice de titularidad de dominio negativos (fojas 34/37 del expediente administrativo).
Que de conformidad al Artículo 7º de la Ordenanza Nº 4767/09, es facultad del Honorable Concejo Deliberante la aprobación de la designación de adjudicatario a lotes.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: La presente tiene por objeto el lote inmueble perteneciente al Programa Plan Familia Propietaria, identificado como Circ. XII, Secc. B, Qta. 10, Mz. 10 a, Parcela 06 de la localidad de Dudignac, Partido de 9 de Julio.
ARTICULO 2º: Desadjudícase por incumplimiento de la obligación de construcción y habitación de un inmueble para sí y su grupo familiar y vencimiento de la prórroga de construcción oportunamente otorgada, conforme obligaciones establecidas en el Acta de Adjudicación, Boleto de Compraventa y Ordenanza Nº 4767/2009 a la señora María Lorena MEDINA (D.N.I. Nº 26.308.844).
ARTICULO 3º: Adjudícase el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente a la señora Natalia Elena CONTINIELLO (D.N.I. Nº 33.746.705) y el señor Julio Horacio FASCIOLI (D.N.I Nº 29.671.418).
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.