Boletines/Quilmes
Decreto Nº 679/2022
Quilmes, 08/03/2022
Visto
el expediente 4091-1754-S-2022, iniciado por la Secretaría de Hacienda ante el requerimiento de la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social, cuyo objeto es solicitar una Caja Chica para la "Dirección del Hogar Ave Fenix" con destino a la compra de medicamentos e insumos farmacéuticos para las abuelas y abuelos que habitan en el mismo, como así también para los gastos del funcionamiento diario e imprevisto del hogar, manteniendo de esa manera un entorno seguro, cuidado y saludable; y
Considerando
Que por Resolución Nº 020/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas, del 5 de noviembre de 2020, con vigencia a partir del 1° de diciembre del 2020, que dispuso que aquellas Cajas Chicas cuyos montos no superen los pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00) no serán consultadas a dicho organismo;
Que la caja chica será utilizada para la compra de medicamentos, insumos farmacéuticos para los abuelos como así también para gastos de funcionamiento diario e imprevisto del hogar (reparaciones de las instalaciones, ferretería, electricidad, sanitarios etc.);
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario y razonable crear la Caja Chica en cuestión;
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: CRÉASE para el Ejercicio 2022, en la suma de pesos treinta mil ($ 30.000.-) la Caja Chica de la "Dirección Hogar Ave Fenix" dependiente de la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 2°: DESÍGNASE responsable del manejo de fondos de la mencionada Caja Chica a la Lic. Gaviglio, Andrea Elena, DNI. 20.995.034, Directora del Hogar Ave Fenix y AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a emitir Orden de Pago en favor de la misma por la suma de pesos treinta mil ($ 30.000.-).-
ARTÍCULO 3º: La administración y rendición de la Caja Chica otorgada en el presente, deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en la Reglamentación vigente
ARTÍCULO 4º: Para Seguro de Fidelidad de Empleados y de acuerdo al Capítulo IV, Apartado 11 y h) "De las Fianzas" arts. 218° y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), se contratará la correspondiente Póliza de Seguro, la que será gestionada por el Departamento Seguros.-
ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE. -
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Florencia Di Tullio Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Niñez Secretaria de Hacienda
Y Desarrollo social Municipalidad de Quilmes
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 679/2022