Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4630/21

Ordenanza Nº 4630/21

Adolfo Alsina, 10/12/2021

VISTO: Que, las Cámaras de Vigilancia urbana pueden contribuir al esclarecimiento de hechos delictivos y preservar la seguridad ciudadana. Y;

CONSIDERANDO: Que, es obligación del Estado velar por la seguridad de sus ciudadanos, llevando adelante todas las medidas necesarias para garantizar una vida social tranquila y sin peligros.

Que, en este sentido, es indispensable que el gobierno municipal pueda disponer de medidas que faciliten la detección y sanción de acciones delictivas o contravencionales por parte de los miembros de nuestra comunidad.

Que, dentro de los modernos lineamientos en materia de seguridad pública, los estados tienden a la incorporación de nuevas tecnologías, entre las cuales juegan un rol fundamental los sistemas de videocámaras y su correspondiente monitoreo por áreas especializadas.

Que, la necesidad de incorporar estas tecnologías en el ámbito local también obedece al crecimiento poblacional que han experimentado nuestras localidades en los últimos tiempos.

Que, pese al incremento poblacional, el número de agentes de las fuerzas policiales no se ha visto incrementado en la misma proporción, siendo necesario recurrir a medidas alternativas.

Que, la Municipalidad de Adolfo Alsina ha instalado oportunamente Cámaras de Vigilancia urbana en lugares que se han considerado clave por las Autoridades Policiales.

Que, el despliegue de Cámaras de Seguridad del municipio podría ser complementado con el aporte de las Cámaras Privadas pertenecientes a domicilios particulares y negocios.

Que, por lo expuesto precedentemente sería de utilidad la creación de un registro de cámaras particulares con el fin de poder sumar a las imágenes recogidas por las cámaras del municipio, las de cámaras privadas en caso de ser necesario, con el fin de sumar pruebas para esclarecer situaciones delictivas, preservar la seguridad ciudadana, asegurar la convivencia y utilización pacífica de los espacios públicos. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Créase en el ámbito de la Municipalidad de Adolfo Alsina el Registro Municipal de Cámaras de Seguridad, dependiente de la Secretaria de Seguridad,  con la finalidad de mejorar la captación, monitoreo y registro de imágenes en la vía pública.

Artículo 2º.-  El Registro estará compuesto por la red de Cámaras de Seguridad ya instaladas por la Municipalidad de Adolfo Alsina en las distintas localidades del Distrito y las que en el futuro se instalen, más las cámaras particulares propiedad de los ciudadanos o empresas que integren voluntariamente el presente registro.

Artículo 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar las disposiciones de la presente en todos aquellos aspectos que resulten necesarios para el correcto funcionamiento del Registro Municipal de Cámaras de Seguridad.

Artículo 4º.- Deberán los instaladores de Cámaras de Seguridad dar aviso a la Municipalidad de Adolfo Alsina sobre la colocación de las mismas en inmuebles privados.

Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”