Boletines/Bragado
Decreto Nº 137
Bragado, 01/02/2022
Visto
VISTO: Que la contribuyente, SALGADO, María Delia, ha tramitado ante esta Municipalidad, mediante Expte. N° 139/22, el acogimiento a los beneficios que determina la Ordenanza N° 1081/90; y,
Considerando
CONSIDERANDO: El informe emitido por Contaduría Municipal señalando, conforme a la Declaración Jurada del nombrado productor y certificada por el Agrimensor, y avalada por la Secretaría de Obras Públicas, la disminución porcentual de sus capacidades productivas por poseer sobre el inmueble de su propiedad, laguna y bañados permanentes; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- OTORGAR a la contribuyente SALGADO, María Delia, DNI Nº 16.301.055 los beneficios que determina la Ordenanza N° 1081/90 y 3483/07- Decreto N° 1911/07, referidos a las obligaciones emergentes de la TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL, sobre inmueble de su propiedad, en la proporción que a continuación se indica: Cuenta N° 56 (CIRC II A Ch. 6 Parcela 1a ) 85,51 % Cuenta Nº 633 (CIRC III Parcela 68a ) 100 % Cuenta Nº 4435 (CIRC III Parcela 68b) 100 % Cuenta Nº 4348 (CIRC III Parcela 44 c) 94 % en concepto de disminución no sujeta al pago de la Tasa indicada precedentemente. ARTICULO 2°.- El presente beneficio tendrá vigencia por el período comprendido desde el mes de ABRIL de 2022 hasta el mes de MARZO del año 2027 inclusive. ARTICULO 3°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos. H.V. GATICA. F. BOLLINI. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.