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Decreto Nº137

Decreto Nº 137

Bragado, 01/02/2022

Visto

VISTO: Que la contribuyente, SALGADO, María Delia, ha tramitado ante esta Municipalidad, mediante  Expte. N° 139/22, el  acogimiento  a  los  beneficios que determina la Ordenanza N° 1081/90; y, 

Considerando

CONSIDERANDO: El informe emitido por Contaduría Municipal señalando, conforme a la Declaración Jurada del nombrado productor y certificada por el Agrimensor, y avalada por la Secretaría de Obras Públicas, la disminución porcentual de sus capacidades productivas por poseer sobre el inmueble de su propiedad, laguna y bañados permanentes; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.-  OTORGAR  a la  contribuyente SALGADO, María Delia, DNI Nº 16.301.055  los beneficios  que  determina  la Ordenanza   N° 1081/90  y   3483/07- Decreto N° 1911/07,  referidos   a   las obligaciones  emergentes  de  la  TASA  POR CONSERVACION,   REPARACION  Y MEJORADO DE  LA  RED  VIAL MUNICIPAL,  sobre inmueble de su propiedad, en la proporción que a continuación se indica: Cuenta N° 56 (CIRC II A  Ch. 6 Parcela 1a ) 85,51 % Cuenta Nº 633 (CIRC III  Parcela  68a ) 100 % Cuenta Nº 4435 (CIRC III  Parcela  68b) 100 % Cuenta Nº 4348 (CIRC III  Parcela  44 c) 94 % en concepto de disminución no sujeta al pago de la Tasa indicada precedentemente. ARTICULO 2°.- El  presente   beneficio  tendrá  vigencia  por el período comprendido  desde  el  mes de ABRIL de 2022 hasta el  mes de MARZO del año 2027 inclusive. ARTICULO 3°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos. H.V. GATICA. F. BOLLINI. ARTICULO 4°.- FIRMAR,  REGISTRAR,  COMUNICAR,  PUBLICAR, DAR AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.