Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 0354/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 09/03/2022
ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a los agentes que seguidamente se detallan, como SECRETARIO ENSEÑANZA FORMACIÓN PROFESIONAL (C.F. 9-53-99-01), a partir del 2 de marzo de 2022, con carácter Titular, accediendo al cargo por listado de concurso Res. 2181/21, en mérito a lo expresado en el exordio:
a) U.E. 08-02-2-1-3-01 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 1 “Cro. General Belgrano”
- RITA VIRGINIA COVELLI (Legajo Nº 25.028/57 – CUIL 27-26056274-1) Nº de Orden 3747, dándosele de baja del cargo de Preceptor Enseñanza Formación Profesional (C.F. 9-50-99-01 – Nº de Orden 810 – Legajo Nº 25.028/53 – U.E. 08-02-2-1-3-01).
b) U.E. 08-02-2-1-3-04 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 4 “Exodo Jujeño”
- CLAUDIO ANTONIO MARTINEZ (Legajo Nº 31.367/54 – CUIL 20-24084203-4) Nº de Orden 842, dándosele de baja del cargo de Preceptor Enseñanza Formación Profesional (C.F. 9-50-99-01 – Nº de Orden 3316 – Legajo Nº 31.367/51 – U.E. 08-02-2-1-3-04).
c) U.E. 08-02-2-1-3-08 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 9 “César Isaac Barroso”
- CARLA SILVANA GALLARDO (Legajo Nº 27.237/65 – CUIL 27-23036890-8) Nº de Orden 843, dándosele de baja de los cargos de Profesor Enseñanza Formación Profesional con tres (3) horas cátedra semanales (C.F. 9-81-03-01 – Legajo Nº 27.237/52 – U.E. 08-02-2-1-3-01) y con nueve (9) horas cátedra semanales (C.F. 9-81-09-01 – Legajo Nº 27.237/55 – U.E. 08-02-2-1-3-10).
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO BONIFICABLE – MODALIDAD FONID a los cargos de Secretario y Prosecretario.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN SECRETARIO/PROSECRETARIO ENSEÑANZA SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL, ARTISTICA Y SUPERIOR 08-2015 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 26-00-00 - Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 11 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 16.
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 0354