Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0354/22

Decreto Nº 0354/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 09/03/2022

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a los agentes que seguidamente se detallan, como SECRETARIO ENSEÑANZA FORMACIÓN PROFESIONAL  (C.F. 9-53-99-01), a partir del 2 de marzo de 2022, con carácter Titular, accediendo al cargo por listado de concurso Res. 2181/21, en mérito a lo expresado en el exordio:

 

a) U.E. 08-02-2-1-3-01 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 1 “Cro. General Belgrano”

 

- RITA VIRGINIA COVELLI (Legajo Nº 25.028/57 – CUIL 27-26056274-1) Nº de Orden 3747, dándosele de baja del cargo de Preceptor Enseñanza  Formación Profesional (C.F. 9-50-99-01 – Nº de Orden 810 – Legajo Nº 25.028/53 – U.E. 08-02-2-1-3-01).

 

b) U.E. 08-02-2-1-3-04 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 4 “Exodo Jujeño”

 

- CLAUDIO ANTONIO MARTINEZ (Legajo Nº 31.367/54 – CUIL 20-24084203-4) Nº de Orden 842, dándosele de baja del cargo de Preceptor Enseñanza  Formación Profesional (C.F. 9-50-99-01 – Nº de Orden 3316 – Legajo Nº 31.367/51 – U.E. 08-02-2-1-3-04).

 

c) U.E. 08-02-2-1-3-08 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 9 “César Isaac Barroso”

 

- CARLA SILVANA GALLARDO (Legajo Nº 27.237/65 – CUIL 27-23036890-8) Nº de Orden 843, dándosele de baja de los cargos de Profesor Enseñanza Formación Profesional con tres (3) horas cátedra semanales (C.F. 9-81-03-01 – Legajo Nº 27.237/52 – U.E. 08-02-2-1-3-01) y con nueve (9) horas cátedra semanales (C.F. 9-81-09-01 – Legajo Nº 27.237/55 – U.E. 08-02-2-1-3-10).

 

ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO BONIFICABLE – MODALIDAD FONID a los cargos de Secretario y Prosecretario.

 

ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN SECRETARIO/PROSECRETARIO ENSEÑANZA SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL, ARTISTICA Y SUPERIOR 08-2015 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1  -    Programático: 26-00-00 - Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 3º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 11 - para el Art. 4º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 16.

 

ARTÍCULO 6º.-  El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.

 

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

p.m.

                                       PUGLISI                     MONTENEGRO                  

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