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Decreto Nº2193/2021

Decreto Nº 2193/2021

Mercedes, 30/12/2021

Visto

La evolución de la ejecución del Presupuesto del ejercicio que hoy finaliza, particularmente en lo referente al ingreso de recursos de libre disponibilidad, y;

Considerando

Que el valor final de lo percibido -ya sea por recaudación propia o por transferencias de procedencia nacional y provincial- supera en un DOS CON OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (2,85 %) el importe del “Cálculo de Recursos” autorizado por Ordenanzas 8449/20 y 8641/21, conforme se expone en el siguiente cuadro:

ORIGEN

IMPORTE ($)

Municipal (Recaudación propia)

782.795.108,27

Provincial

1.500.649.720,98

Nacional

20.269.469,35

TOTAL PERCIBIDO

2.303.714.298,60

CRÉDITO VIGENTE s/Cálculo de Recursos

(2.239.881.109,93)

EXCEDENTE

63.833.188,67

 

Que el extender el límite presupuestario hasta el nivel de lo exactamente percibido permite devengar gastos correspondientes al corriente ejercicio, para proceder a su cancelación y pago bajo los mecanismos que establece el RAFAM para la “Deuda Flotante”; aspecto razonable desde lo presupuestario y técnicamente correcto.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias –en este caso sujetas a la aprobación del órgano deliberativo a la fecha en receso-

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Amplíase –ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante- el Cálculo de Recursos para el ejercicio 2021, aprobado por Ordenanzas Nº 8449/20 y 8641/21, en la suma de Pesos SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 63.833.188,67), de acuerdo al siguiente detalle:

RUBRO – DESCRIPCIÓN

IMPORTE ($)

11.4.01.00 - Coparticipación Provincial. de Impuesto Ley 10.559

 

38.000.000,00

11.9.04.00 - Inmobiliario Rural sin afectación

 

1.500.000,00

12.1.05.01 - Inspección de seguridad e higiene del ejercicio

 

16.000.000,00

12.2.08.00 - Cementerio

 

1.500.000,00

12.2.12.00 - De Oficina

 

1.000.000,00

12.6.01.00 - Multas por contravenciones

 

1.000.000,00

12.6.02.00 - Infracción a Ordenanzas y Deberes Fiscales

4.833.188,67

TOTAL

63.833.188,67

 

ARTÍCULO 2º.-  Amplíase –ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante- el “Presupuesto de Gastos”,  aprobado por Ordenanzas Nº 8449/20 y 8641/21, en la suma de Pesos SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 63.833.188,67), conforme al detalle que se indica a continuación:

PRESUPUESTO DE GASTOS

Partidas a ampliar.

 JURISDICCIÓN

CATEG.PROGRAM.

OBJETO DEL GASTO

IMPORTE ($)

1110102000

01.01.00

1.1.1.0-Retribuciones del cargo

13.000.000,00

 

 

1.1.3.0-Retribuciones que no hacen al cargo

11.000.000,00

 

 

1.1.4.0-Sueldo Anual Complementario

2.000.000,00

 

 

1.1.6.1-I.P.S

3.120.000,00

 

 

1.1.6.2-IOMA

1.248.000,00

 

 

1.1.7.0-Complementos

2.000.000,00

 

 

1.4.0.0-Asignaciones Familiares

2.000.000,00

 

1110105000

51.59.00

4.2.1.0-Construcciones en bienes de dominio privado (*1)

1.266.546,74

 

52.01.00

4.3.9.0-Equipos Varios

10.500.000,00

 

52.13.00

3.3.4.0-Mantenimiento y reparación de vías de comunicación

4.700.000,00

1110107000

01.01.00

3.5.4.0-Primas y gastos de seguros

6.070.350,32

 

 

6.2.1.2-Préstamo a corto plazo al sector privado

600.000,00

 

 

3.8.9.0-Impuestos, derechos y tasas. Otros (*2)

161.119,11

 

 

5.3.6.0-Transferencias a los gobiernos provinciales (*3)

867.172,50

 

 

72.02.00

6.3.1.0-Préstamos a largo plazo al sector privado

1.000.000,00

1110108000

81.01.00

4.3.6.0-Equipos para computación

1.300.000,00

1110109000

31.01.00

3.4.2.0-Médicos y  sanitarios

3.000.000,00

 

 

TOTAL

63.833.188,67

Partidas no creadas en Presupuesto, cuyo reconocimiento se solicita.

(*1) Crédito incluido por error en 4.2.2.0 (2º Hogar de Adultos Mayores).

(*2) Partida sugerida por HTC para imputar devoluciones de tasas de años anteriores.

(*3) Retenciones sobre Coparticipación Art. 37º Ley 15225.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, remítase en Expediente Nº 5864/2021  a consideración del Honorable Concejo Deliberante, y cumplido archívese.