Boletines/La Plata

Decreto Nº0209/22

Decreto Nº 0209/22

La Plata, 31/01/2022

Visto

el presente Expediente Nro. 4061-1185557/2021, por el cual la SECRETARÍA DE CULTURA Y EDUCACION, solicita la contratación del Servicio Alimentario Escolar –SAE 2022-2023, con destino a la SUBSECRETARIA DE EDUCACION, mediante solicitud de pedido N° 75/2022, obrante a fs.2/3, y

Considerando

Que la SECRETARÍA DE CULTURA Y EDUCACION y la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS han confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones y Anexos;

Que en consecuencia se está en condiciones de dictar el acto administrativo que posibilite la concreción del respectivo llamado;

Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y Anexos; para la contratación del Servicio Alimentario Escolar –SAE 2022-2023, con destino a la SUBSECRETARIA DE EDUCACION;

ARTICULO 2º: Llamase a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 09/2022, para la  contratación del Servicio Alimentario Escolar –SAE 2022-2023 de acuerdo a las Cláusulas que por la presente se aprueban y que regirá el acto licitatorio respectivo, con fecha de apertura el día 24 de febrero de 2022 a las 10:30 hs., en la Dirección General de Compras y Suministros;

ARTICULO 3º: El Pliego podrá ser consultado en forma gratuita en la página web www.laplata.gob.ar, solicitar asesoramiento en la dirección de mail licitacionespublicas@laplata.gob.ar o bien en la Dirección General de Compras y Suministros, calle 12 e/ 51 y 53.

El mismo, deberá retirarse por la Dirección General de Compras y Suministros en horario de 8 a 13.30 hs. hasta 5 (cinco) días hábiles anteriores a la fecha de apertura, (hasta el día 16 de febrero 2022 INCLUSIVE).-

ARTICULO 4º: Las ofertas deberán ser presentadas hasta las 10:00 hs del día 24 de febrero de 2021, en la mesa de entradas de la Dirección General de Compras y Suministros;

ARTICULO 5º: Publíquese avisos en el BOLETIN OFICIAL y en el Diario EL PLATA, en concordancia con lo establecido por el artículo 142 de la Ley Orgánica Municipal;

ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario del área que corresponda;

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS, CONTADURIA GENERAL y TESORERIA a sus efectos;

 

Dr. Julio César Garro. Intendente. Cr. Martiniano Ferrer. Secretario de Cultura y Educación.