Boletines/La Plata

Decreto Nº0289/22

Decreto Nº 0289/22

La Plata, 03/02/2022

Visto

que la guerra de Malvinas en el año 1982, como proceso político, bélico, socio-cultural y económico, tuvo un profundo impacto en nuestra historia argentina reciente; y

Considerando

Que a casi cuarenta años de aquellos días, nuestra ciudad se encuentra ante el desafío de conmemorar, recordar, reflexionar y construir sobre este proceso histórico que sin lugar a dudas la atravesó moldeando sobre la misma, memorias de Veteranos, de familiares de nuestros Héroes de Malvinas, pero asimismo de las acciones e iniciativas que desde la sociedad civil y desde actores político institucionales se desplegaron en aquellos días y en la posguerra inmediata.

Que tenemos como sociedad platense, la necesidad, el compromiso y el deber de construir un proceso reflexivo propositivo sobre lo ocurrido en nuestro país y en nuestra sociedad en el año 1982 y el devenir posterior, tanto de la guerra como de la posguerra.

Que tenemos la necesidad de escuchar como sociedad a aquellos que fueron actores y testigos directos de las acciones ocurridas en nuestras Islas Malvinas, tanto los conscriptos, el personal militar profesional involucrado y los civiles, como así también a los familiares de los Caídos. Escuchar, para comprender y aprender de las consecuencias atroces que la guerra desgarró de forma violenta en toda la sociedad platense, pero también escuchar para recordar, no olvidar y proyectar como sociedad lo acontecido en aquella época a la próxima generación de ciudadanos platenses.

Que debemos tomar el compromiso como comunidad de reconstruir las memorias sociales (tanto individuales como colectivas) de lo vivido en nuestra ciudad durante la guerra y la posguerra, para rememorar/ para construir nuevas memorias/ para visibilizar actores y experiencias y deconstruir posiciones y miradas que, transcurridos cuarenta años, son objeto al menos de una necesaria relectura profunda y una reflexión colectiva.

Que debemos asumir el deber de construir Malvinas en la sociedad misma, desde el Estado municipal, pero asimismo junto a las instituciones locales, desde la sociedad civil, desde los actores políticos, desde la comunidad misma, en pos de edificar en la conciencia ciudadana esta cuestión, “La Cuestión Malvinas”, como un compromiso hacia aquellos que han dado todo por nuestra soberanía, es decir su propia vida; por aquellos que han regresado finalizado el conflicto pero que día a día (tanto en mente como en espíritu) permanecen en nuestras islas y en pos de nuestros derechos soberanos, construir sobre las nuevas generaciones de ciudadanos platenses una conciencia que logre trasvasar generacionalmente aquellos acontecimientos de 1982, que han dejado sin lugar a dudas marcas, cicatrices y cimentado memorias locales, las cuales deben ser para aprender y apropiarse de lo que nos pertenece, es decir la Cuestión Malvinas.

Que la implementación de políticas públicas y acciones concretas de homenaje estatal en el marco del 40° Aniversario de la guerra de Malvinas de 19821 como proceso ciudadano e institucional debe ser gestado desde un abordaje local, sobre el cual operarán los siguientes conceptos como ejes fundamentales de trabajo: honrar, escuchar, visibilizar, reconstruir, fortalecer, edificar y proyectar.

Que, nuestros Héroes platenses caídos en Malvinas, nacidos en nuestra ciudad o por adopción, siendo participes del conflicto de 1982 se constituyen como sujetos de acción prioritaria de homenajes.

Que mediante la implementación de políticas y acciones de homenajes buscaremos visibilizar asimismo, a una multiplicidad de actores que, estando involucrados de manera directa o indirecta con el conflicto de 1982, han sido sujetos relevantes en la construcción de los procesos de memoria social de nuestra ciudad, tanto a nivel institucional como a nivel ciudadano.

Que edificar y proyectar conciencia y memoria sobre Malvinas en la sociedad platense, en torno a conmemorar el 40° Aniversario de la guerra de Malvinas, se posiciona como un desafío de magnitud para el municipio y la ciudadanía platense pero también como una oportunidad única, proyectada la misma hacia el presente en torno a la cuestión, hacia la cual debemos comprometernos como platenses sobre la memoria ciudadana local, pero asimismo como argentinos por nuestros legítimos derechos soberanos imprescriptibles sobre la Cuestión Malvinas, como así lo plasma la Disposición Transitoria N° 1 de la Constitución Nacional Argentina.

“La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º: Créase la Comisión de Homenaje y Memoria, "ad referéndum" del Concejo Deliberante, en conmemoración de cumplirse el 40° Aniversario de la Gesta de Malvinas.

ARTICULO 2º. La comisión estará presidida por quien designe el Departamento Ejecutivo e integrada por:

1 (un) representante del bloque de la mayoría del Concejo Deliberante;

1 (un) representante del bloque de la minoría del Concejo Deliberante;

1 (un) representante del CEMA;

1 (un) representante del CECIM;

1 (un) representante de los familiares caídos en Malvinas;

ARTICULO 3º: La comisión tendrá a su cargo la organización de todas las actividades que permitan el mayor y mejor reconocimiento posible a nuestros Héroes platenses excombatientes de Malvinas.

ARTICULO 4º: El gasto que demande será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Coordinación Municipal.

ARTICULO 6°: Regístrese, notifíquese, publíquese. Archívese.

 

Dr. Julio César Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.