Boletines/La Plata

Decreto Nº3054/21

Decreto Nº 3054/21

La Plata, 14/12/2021

Visto

el presente Expediente Nro. 4061-1182435/2021, por el cual la SECRETARÍA DE DESARROLLO A LA COMUNIDAD, solicita la adquisición de “Alimentos no perecederos,” con destino al DESPACHO SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, mediante solicitud de pedido N°1514/2021, obrante a fs.4/5, y

Considerando

Que la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS ha confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones y Anexo I, tendientes a lograr la adquisición de lo mencionado en el exordio;
Que en consecuencia se está en condiciones de dictar el acto administrativo que posibilite la concreción del respectivo llamado;
Por ello,

EL INTENDENTE  MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º: Apruébese el del Pliego de Bases y Condiciones, y Anexo I, para la adquisición de “Alimentos no perecederos”, con destino al DESPACHO SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD.-

ARTICULO 2º: Llamase a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 55/2021, para la adquisición de “Alimentos no perecederos” de acuerdo a las Cláusulas que por la presente se aprueban y que regirá el acto licitatorio respectivo, con fecha de apertura el día 07 de enero de 2022 a las 10:30 hs., en la Dirección General de Compras y Suministros.-

ARTICULO 3º: El Pliego podrá ser consultado en forma gratuita en la página web www.laplata.gob.ar, y solicitar asesoramiento en la dirección de mail licitacionespublicas@laplata.gob.ar o bien en la Dirección General de Compras y Suministros, calle 12 e/ 51 y 53.
El mismo, deberá retirarse por la Dirección General de Compras y Suministros en horario de 8 a 13.30 hs. hasta 5 (cinco) días hábiles anteriores a la fecha de apertura, (hasta el día 29 de diciembre 2021 INCLUSIVE).-

ARTICULO 4º: Las ofertas deberán ser presentadas hasta las 10:00 hs del día 07 de enero de 2022, en la mesa de entradas de la Dirección General de Compras y Suministros;

ARTICULO 5º: Publíquese avisos en el BOLETIN OFICIAL y en el Diario EL PLATA, en concordancia con lo establecido por el artículo 142 de la Ley Orgánica Municipal;

ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario del área que corresponda;

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS, CONTADURIA GENERAL y TESORERIA a sus efectos;

 

Dr. Julio César Garro. Intendente. Nelson A. Marino. Secretario de Desarrollo de la Comunidad.