Boletines/Brandsen

Decreto Nº2309

Decreto Nº 2309

Brandsen, 13/12/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-29777/21 por el cual TECNOBRANDCELL S.R.L, CUIT 30-71711557-7 solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA AL POR MENOR DE EQUIPOS, ACCESORIOS Y PROGRAMAS INFORMATICOS”, en el inmueble ubicado en calle Sáenz Peña N° 419 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 26 – Parcela 9A y, correspondiente a la Partida Nº 17535; y,

 

Considerando

Que a fs. 54 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO simple iniciado por TECNOBRANDCELL S.R.L, CUIT 30-71711557-7 en relación al Inmueble sito en calle Saenz Peña N° 419, de la ciudad de Brandsen, identificado como: Circ. I – Sección A – Manzana 26 – Parcela 9 A y, correspondiente a las cuentas 17535 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (DOS), por tratarse de rubro “VENTA AL POR MENOR DE EQUIPOS, ACCESORIOS Y PROGRAMAS INFORMATICOS” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTICULO 1º.- Otorgase a TECNOBRANDCELL S.R.L, CUIT 30-71711557-7, una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA AL POR MENOR DE EQUIPOS, ACCESORIOS Y PROGRAMAS INFORMATICOS”, en el inmueble ubicado en calle Sáenz Peña N° 419 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 26 – Parcela 9A y, correspondiente a la Partida Nº 17535.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la             Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-