Boletines/Brandsen

Decreto Nº2306

Decreto Nº 2306

Brandsen, 13/12/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-27.055/20 por el cual Dioratti Marcela Beatriz, CUIT 27-20394599-5, solicita una habilitación de comercio especial bajo el rubro “VERDULERIA Y DIETETICA”, en el inmueble ubicado en calle San Martin N° 320, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 28 – Parcela 2 y, correspondiente a la Partida Nº 2440; y,

Considerando

Que por Decreto N° 1471con fecha 18 de noviembre de 2020 se otorgó a la Sra. Dioratti Marcela Beatriz, una habilitación de comercio transitoria, por el plazo de 180 días;

 

Que a fs. 37 la Directora de Habilitaciones solicita la extensión de dicha habilitación por el plazo de 6 (SEIS) meses, de acuerdo a lo dispuesto en la ordenanza municipal N° 1305/2008;

 

                        Que según la Ordenanza Nº 1305 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva, dicho plazo podrá ser prorrogado por 180 (ciento ochenta) días corridos por el Departamento Ejecutivo” y en el Art. 9 establece : “Quienes se incorporen al régimen estatuido por la presente Ordenanza, deberán abonar al momento de gestionar la ATF el 25% de la Tasa por Habilitación de comercio e industria establecidas en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva”;

 

                        Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;  

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTICULO 1º.- Prorróguese la habilitación de comercio especial, otorgada a la Sra. Dioratti Marcela Beatriz, CUIT 27-20394599-5, bajo el rubro “VERDULERIA Y DIETETICA”, en el inmueble ubicado en calle San Martin N° 320, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 28 – Parcela 2 y, correspondiente a la Partida Nº 2440, por el termino de 6 (seis) meses.-

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la             Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-