Boletines/Brandsen

Decreto Nº2296

Decreto Nº 2296

Brandsen, 10/12/2021

Visto

Visto el Expte. 4015- 29.754/21 iniciado por la Jefa del Depto. Contable Municipal como consecuencia de la deuda reclamada por la empresa  TELFONICA DE ARGENTINA S.A., y;

Considerando

Que la Jefa del Depto. Contable a fs. 1 presenta escrito informando la situación planteada por la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A, la cual reclama de manera indeterminada la suma de Pesos Ochocientos Dieciséis Mil Seiscientos Noventa ($816.690,00);

                        Que a fs. 3/16 adjunta documentación emitida por la empresa  TELEFONICA ARGENTINA S.A. de la cual surgen de manera indeterminada la suma señalada como ajuste de saldo;

                       Que en ese orden, obra a fs. 21 dictamen del Subsecretario Legal y Técnico indicando: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones a esta Subsecretaria  a fin de emitir opinión sobre la presentación realizada por la Sra. Jefa del Dpto. Contable que da cuenta de la situación planteada ante la factura remitida por TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. el 17-11-2021 (fs14).- Relata la Sra. Jefa que  se realizó el reclamo correspondiente  y que fue informada que se trata de ajustes por una migración de datos.-  Ante la conducta asumida por la empresa, entiendo que debe rechazarse  la suma reclamada en la factura  B Nº0944-08082388 mediante la cual reclama la suma de $816.690,00 por improcedente e  incausada (art.725, 726 y siguientes y conco. del CCCN) .- En definitiva,  de estar de acuerdo el D.E. debería emitirse un acto administrativo rechazando la factura presentada por  la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SA (PERSONAL) y notificarse al domicilio  de la misma. SUBSECRETARIA   LEGAL  y  TECNICA,  DICIEMBRE 07  de 2021”

                       Que en razón de lo expuesto, y compartiendo la opinión legal vertida, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTICULO 1°.- Rechazase la factura B Nº0944-08082388 mediante la cual la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.  reclama  la suma de pesos ochocientos dieciséis mil seiscientos noventa ($816.690,00)  por improcedente e  incausada ( art.725, 726 y siguientes y conc. del CCCN).-

ARTÍCULO 2º.-  Notifíquese a la licenciataria  haciéndole saber que podrá interponer contra el presente el recurso de revocatoria previsto en el art. 89 de  la Ord. Gral 267/80 en el plazo de diez días hábiles desde la notificación.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y de Hacienda y Administración.- 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-