Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2216
Brandsen, 01/12/2021
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-29628/21 por el cual BERTOLINO LEANDRO ALBERTO, CUIT 20-24590603-0 solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA DE JEANS UNISEX, PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y PRODUCTOS AFINES”, en el inmueble ubicado en calle Alberti e/ Ferrari y Mitre, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 11 y, correspondiente a la Partida Nº 31957; y,
Considerando
Que a fs. 31 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO simple iniciado por BERTOLINO LEANDRO ALBERTO, CUIT 20-24590603-0 en relación al Inmueble sito en calle Alberti e/ Ferrari y Mitre, de la ciudad de Brandsen, identificado como: Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 11 y, correspondiente a las cuentas 31957 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “VENTA DE JEANS UNISEX, PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y PRODUCTOS AFINES” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTICULO 1º.- Otorgase a BERTOLINO LEANDRO ALBERTO, CUIT 20-24590603-0, una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA DE JEANS UNISEX, PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y PRODUCTOS AFINES”, en el inmueble ubicado en calle Alberti e/ Ferrari y Mitre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 11 y, correspondiente a la Partida Nº 31957.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-