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Resolución Nº12/2022

Resolución Nº 12/2022

Rivadavia, 10/03/2022

Visto

           Que por Resolución 85/2014 de la Secretaría de Comunicaciones se convocó a Concurso Público, para la adjudicación de frecuencias destinadas a la prestación de los Servicios de Comunicaciones Personales (PCS), del servicio de Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC) y del Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas (SCMA) y se aprobó el pliego de bases y condiciones generales y particulares del concurso público. Este proceso iniciado en octubre de 2014 finalizó con la adjudicación de frecuencias 3G y 4G a cuatro empresas Telefónica Móvil Argentina SA -Movistar , Telecom Personal SA -Personal-, AMX -Claro- y Arlink;

Considerando

                        Que, conforme el Pliego de bases y condiciones generales y particulares del concurso público la localidad de Fortín Olavarría ubicada en nuestro Distrito, por tener entre 500 y 3.000 habitantes, se encontraría en la etapa V;

                          Que el prestador adjudicatario contaba con un plazo de 63 meses para concluir dicha etapa. Plazo que venció en el año 2019;

                       Que dicho Pliego fue elaborado con los fines de garantizar los derechos de los usuarios, promover el acceso a los servicios de comunicaciones móviles a las personas que habitan en zonas no cubiertas y fomentar el desarrollo tecnológico nacional;

                         Que en el año 2016 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó una resolución para la “promoción, protección y el disfrute de los derechos humanos en Internet”. El documento establece que el acceso a Internet es considerado un derecho básico de todos los seres humanos;

                         Que el acceso a servicios de conectividad e Internet, en sus modalidades de banda ancha fija, móvil y satelital, se considera como derecho humano de carácter universal de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 27.078;

                         Que al día de la fecha los habitantes de la localidad de Fortín Olavarría que contrataron la empresa Movistar solo cuentan con acceso a la frecuencia 3G con las complicaciones y perjuicios que ello implica;

                        Que, durante la pandemia Covid 19 muchos vecinos tuvieron que  trabajar y estudiar de manera virtual, por lo que se vieron obligados a cambiar de compañía o contratar otro servicio de internet atento a que Movistar no cuenta con el servicio de 4G indispensable para la navegación en internet y las comunicaciones de datos. Más aún en el caso de alumnos y docentes que debían comunicarse por video llamada y les resultaba imposible realizarlas sin contar con 4G, afectando gravemente la educación y enseñanza escolar;

                           Que la localidad de Fortín Olavarría está ubicada sobre la Ruta Nacional N° 33. Ruta que une los puertos de Rosario y Bahía Blanca; y debido a esto son varios los transportistas y contratistas rurales que se alojan por distintos motivos en el pueblo y se ven afectados al intentar comunicarse con datos de la compañía Movistar;

                           Que dicha localidad se encuentra a su vez cerca de un centro turístico de pesca como es la laguna de Cuero de Zorro. Alojándose en el pueblo habitantes de todo el país; y resulta imposible brindarles un buen servicio a estos turistas sin el acceso de datos a la red de Movistar;

                         Que, por los motivos expresados, resulta urgente y no admite más demoras que la empresa Movistar preste en la localidad de Fortín Olavarría el servicio 4G en cumplimiento a las bases y condiciones del concurso en el cual resultó adjudicataria;

 

 

                        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION N° 12/2022

ARTÍCULO 1.- El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia solicita a Enacom informe los motivos por los cuales la empresa Movistar no dio total cumplimiento a lo establecido en el pliego de condiciones generales y particulares del concurso convocado por Resolución 85/2014 y del cual resultó adjudicataria.

ARTÍCULO 2.- El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia solicita a la empresa Telefónica Móvil Argentina SA -Movistar informe los motivos por los cuales no dio total cumplimiento a lo establecido en el pliego de condiciones generales y particulares del concurso convocado por Resolución 85/2014 y del cual resultó adjudicataria y el plazo en el cual estaría instalado 4G en la localidad de Fortín Olavarría.

ARTÍCULO 3.-  Solicitar se dé intervención a la Defensoría del Pueblo atento la afectación a los derechos de los vecinos que esta situación ocasiona.

ARTÍCULO 4.-  Comuníquese, Regístrese y Archívese.-

             DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A  LOS DIEZ  DIAS DEL MES DE MARZO  DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

 

 

 

YAMILA ZAIN

 

MARCELA LESCANO

Secretaria

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

REF: Expte. Nº 38/2022