Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 2152/2021
General Belgrano, 19/11/2021
Visto
el expediente 4041-D-5716/2019, y;
Considerando
Que a fojas 28, Guillermo Videla – DNI: 26.807.401, solicita la responsabilidad de pago de la tasa de Red Vial del inmueble denominado catastralmente Circ. I, Secc. G, Chacra 75, Fracción 6, Parc. 7, cuenta N° 2222700, adquirido por Boleto de Compra venta, en el marco de Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.--
Que a fojas 56, consta el informe de Inspección y Bromatología, donde indica que se trata de un terreno baldío.
Que a fojas 65, la Dirección General de Administración dictamina, que de acuerdo a los antecedentes y la documentación acompañada, no existen inconvenientes en otorgar la responsabilidad de pago del inmueble Cuenta Nº 2222700 a Guillermo Videla.
Que el presente acto administrativo NO DA DERECHO A LA TITULARIDAD DE LA PROPIEDAD en el sistema municipal, sólo habilita al solicitante como Responsable de Pago de la Tasa Red Vial del inmueble.
Que asimismo, el interesado deberá reconocer y abonar la deuda existente en su totalidad o acogerse a plan de pagos al momento de notificarse del decreto que lo declare Responsable de Pago del tributo correspondiente. Si el mismo, posteriormente, no abona tres (3) cuotas consecutivas devengadas de dicha tasa, se dará de baja de oficio la Responsabilidad de Pago, sin necesidad de notificación previa, según lo establece la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. Además, deberá mantener el inmueble en óptimas condiciones de limpieza e higiene, libre de malezas, so pena de dar de baja dicha responsabilidad.
Que corresponde el dictado del acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Artículo 1º: Incorporar como Responsable de Pago de la Tasa de Red Vial de la cuenta Nº 2222700 a Guillermo Sebastian Videla – DNI: 26.807.401, con domicilio en calle Lavalle N° 1115 de la localidad de General Belgrano - Pcia. de Bs As., en el marco de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.--
Artículo 2°: El presente acto administrativo NO DA DERECHO A LA TITULARIDAD DE LA PROPIEDAD, sólo habilita al solicitante como “Responsable de Pago” de la Tasa Red Vial del inmueble.-
Artículo 3°: El interesado deberá reconocer y abonar la deuda existente en su totalidad o acogerse a plan de pagos, al momento de notificarse del decreto que lo declare Responsable de Pago del tributo correspondiente. Si el mismo, posteriormente no abona tres (3) cuotas consecutivas devengadas de dicha tasa, se dará de baja de oficio la Responsabilidad de Pago, sin necesidad de notificación previa.
Artículo 4º: Notificar al solicitante a través del Departamento Atención al Público, y proceder al cobro de la deuda (si existiera).
Artículo 5°: Facultar al Departamento Procesamiento de Datos a efectuar las modificaciones que correspondan en el sistema municipal.--
Artículo 6°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.
Artículo 7°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Atención al Público, Procesamiento de Datos, Recaudación, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--