Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0119
Brandsen, 17/01/2018
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-22068/18, por el cual la Secretaría de Obras y Servicios Públicos “Mantenimiento de Caminos Rurales” gestiona la contratación directa de la reparación de motoniveladora OI 2055 de vialidad según convenio; y,
Considerando
Que a fs. 15 se expide la Jefa de Contrataciones y Licitaciones: “Vienen las actuaciones de referencia, con motivo de emitir opinión sobre la posibilidad de contratar en forma directa la reparación de una máquina perteneciente a la Dirección de Vialidad de la Pcia. de Bs.AS por la suma de $150.000. Del análisis de la documentación y pedido, entiendo que se puede contratar directamente hasta ese monto de acuerdo a lo estipulado en la cláusula SEXTA del convenio aprobado por la Ord 1816, el resto del importe deberá ser asumido por la Dirección de Vialidad de la Pcia. de Bs. As, debiéndose comunicar o notificar a la misma tal circunstancia, así mismo como al proveedor del servicio, el que no podrá retener la máquina por la falta de integración de pago por parte de la Dirección Provincial y porque la misma se encuentra afectada a un servicio público esencial, como es el mantenimiento de caminos de tierra de la red provincial que se encuentran en el partido de Brandsen (cláusula segunda). ASESORÍA LETRADA, ENERO 17 de 2018.-
Que el art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Texto según Dec-Ley 9443/79) prescribe: “como excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos:… inc 2º Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en la que el Estado tenga participación mayoritaria… Se podrá efectuar en forma directa”;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo autorizando la compra directa;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Autorizase la Contratación Directa con el Proveedor TVL S.A ref. a la reparación de la Motoniveladora Fiatallis FG 140, Chasis 10y00503, Motor 942231, OI 2055, por un valor total de pesos ciento cincuenta mil ($150.000,00), por considerar su precio conveniente a los intereses del Municipio, por ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades, y por la cláusula estipulada en el Convenio celebrado con Dirección de Vialidad de la Provincia de Bs.As.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 4000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos- Categoría Programática 21.01 – Fuente de Financiamiento 132.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Obras y Servicios Públicos.-