Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0115
Brandsen, 16/01/2018
Visto
Visto el expediente 4015-21599/17, por el cual los Sres. Aníbal LEDEZMA, D.N.I. 94.250.552 y Silvia Gregoria GOMEZ ORREGO, D.N.I.94.947.979, gestionan la escrituración sin cargo de un inmueble de su propiedad; y,
Considerando
Que la regularización dominial mencionada se caracteriza por su carácter de Interés Social, derivado de la situación económica de las familias afectadas;
Que a los fines de dicho trámite ante la Escribanía General de Gobierno, corresponde que el Municipio proceda a declarar de Interés Social dicha Regularización dominial;
Que los antecedentes obrantes en el Municipio, permiten aseverar que los peticionantes reúnen las condiciones que exige la ley al respecto;
Que asimismo a fs. 62 se expide la Jefa de Regularización Dominial: “Vuelvan las presentes a su oficina a fin de que, habiendo tomado conocimiento de lo informado por Ud., a fs. 61, se dicte el correspondiente decreto de interés social a nombre de los Sres. LEDEZMA ANÍBAL y GOMEZ ORREGO SILVIA GREGORIA, para de esta manera dar cumplimento con el art. 4 inc d de la Ley 10830.- Atte.- Firmado: PIGNANI DEBORA MELINA Jefe Dpto. Regularización Dominial Interino Municipalidad de Brandsen.-
Que en ese orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo de Declaración de Interés Social;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Social la Regularización Dominial a nombre de los señores Aníbal LEDEZMA y Silvia Gregoria GOMEZ ORREGO, del inmueble ubicado en calle Belgrano N° 1055 e/ Irigoyen y Alem de la ciudad y partido de Brandsen, designado catastralmente como: Circunscripción I - Sección G – Quinta 121 - Manzana 121 a – Parcelas 31 y 32 - Partidas (013) 18.521 y (013) 18.522, por los motivos expuestos.-
ARTÍCULO 2º.- A los fines del cumplimiento de la presente Escrituración, dese por la Ley 10.830.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretario de Gobierno y de Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-