Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0088
Brandsen, 10/01/2018
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-22007/18 por el cual LUJAN GLADYS ALEJANDRA, CUIT 27-24027699-8 solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “ALQUILER Y VENTA DE CD, DVD, ARTICULOS Y ACCESORIOS DE COMPUTACIÓN Y ELECTRONICA” en el inmueble ubicado en Calle Rivadavia Esquina Larrea del Partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – MZ 8 – Parcela 10 y, correspondiente a la Partida Nº 1446; y
Considerando
Que a fs. 22 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO simple iniciado por LUJAN GLADYS ALEJANDRA, CUIT 27-24027699-8 en relación al Inmueble sito en calle Rivadavia Esquina Larrea del Partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – MZ 8 – Parcela 10 y, correspondiente a las cuentas Nº 1446 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “ALQUILER Y VENTA DE CD, DVD, ARTICULOS Y ACCESORIOS DE COMPUTACIÓN Y ELECTRONICA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Son fojas 22. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTICULO 1º.- Otorgase a LUJAN GLADYS ALEJANDRA, CUIT 27-24027699-8, una habilitación de comercio simple bajo el rubro “ALQUILER Y VENTA DE CD, DVD, ARTICULOS Y ACCESORIOS DE COMPUTACIÓN Y ELECTRONICA”, en el inmueble ubicado en Calle Rivadavia esquina Larrea del Partido de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – MZ 8 – Parcela 10 y, correspondiente a la Partida Nº 1446.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-