Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0080
Brandsen, 09/01/2018
Visto
Visto el expediente Nº 4015- 22024/18, por el cual la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, gestiona un llamado a Concurso de Precios Nº 11/2018, para la contratación de servicio de motoniveladora para mantenimiento y reparación de caminos rurales de Brandsen desde el mes de febrero hasta el 30 de abril; y,
Considerando
Que a fs. 4/12 se agrega el Pliego de Condiciones Generales y Particulares que regirá dicho Concurso;
Que a fs. 14 obra dictamen de Asesoría Letrada: “ Sra. Jefa de Contrataciones y Licitaciones: Del análisis de la documentación no encuentro objeciones a que se apruebe la misma y se convoque al concurso de precios Nº 11/2018 para el servicio de maquina motoniveladora para la reparación y mantenimiento de caminos rurales, Zona 3, desde el mes de febrero hasta el 30 de abril de 2018”. ASESORIA LETRADA, ENERO 09 de 2018;
Que la contratación queda comprendida dentro del límite establecido por el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actualizado por Resolución 223/2017 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para ese tipo de trámite en función del monto, toda vez que lo presupuestado no supera el tope de pesos cuatrocientos dieciocho mil cuatrocientos nueve ($418.409) previsto por la norma citada;
Que se han observado en lo actuado las pautas establecidas por el Decreto 2980/2000;
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Autorizase el llamado a Concurso de Precios Nº 11/2018, para la contratación de servicio de motoniveladora para mantenimiento y reparación de caminos rurales Zona 3 de Brandsen desde el mes de febrero hasta el 30 de abril de 2018, con un presupuesto oficial de pesos doscientos cuatrocientos cinco mil ($ 405.000,00).-
ARTÍCULO 2º.- Apruébese la documentación técnica que regirá el aludido Concurso y fíjese para el día 19 de Enero de 2018, a las 11: 30 hs., la apertura de las propuestas.-
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 4000- Categoría Programática: 21.01 - Imputación: 3.3.4 – Fuente de Financiamiento 132.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-